En cuanto al Tribunal de Justicia Europeo si son directamente vinculantes siempre que sean materias propias del Derecho Comunitario y en cuanto al de Estrasburgo sus sentencias son declarativas y no tienen título ejecitivo y por ello no cancelan o modifican automáticamente las decisiones tomadas por los tribunales nacionales. No obstante, eso no quiere decir que no tenga influencia ni sea decisivo en los estados miembros, los cuales se han comprometido a cumplir con las sentencias del Tribunal. En la legalidad española tenemos una buena prueba de ello en que se puede interponer recurso de revisión ante el Tribunal Supremo contra resoluciones firmes cuando Estrasburgo declare que una resolución de un órgano jurisdiccional español ha vulnerado algún derecho o libertad fundamental exclusivamente reconocido por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos, y siempre que la violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persistan y no puedan cesar de ningún otro modo.
Hola : Alguien sabe si las resoluciones de estos Tribunales Europeos son vinculantes para el Estado Español cuando se presenta un Recurso referente a una Vulneración de Derechos Constitucionales? .El Tribunal Constitucional Español no ha admitido a tramite el Recurso . Gracias. Un Saludo.