Tenemos una parcela de 2000 m2 y han declarado la zona urbanizable, pero a la vez, han hecho un plan parcial para edificar un hotel, casitas, etc, con lo cual no puedo construir lo que yo quiera.
Me han llamado del Ayto. para que firme no se qué y me "meta" dentro de la Junta de Compensación. Pierdo la mitad de mis metros y con los que me dan, sólo puedo construir lo que ellos quieren y en un plazo de tiempo, tenga el dinero para realzar dicha obra o no.
Mi pregunta es ¿Qué pasa si me niego a firmar lo de la Junta de Compensación? ¿Qué curso siguen los acontecimientos? Como yo, hay 2 propietarios más que tampoco quieren firmar, pero otro que es el que más metros tiene de todos es el que está moviendo todo esto junto con el Ayto.
¿Cuánto tarda eso aproximadamente? ¿Puedo pedir que en vez de meterme en ese berenjenal que me paguen por mis metros? En esa parcela tengo un olivar, cuarto de aperos, huerto, gallinas, etc. ¿No se me indemniza por eso?
Se supone que los propietarios pagamos con los metros que cedemos a la junta de compensación pero tengo que pagar algún tipo de licencia, tasa, nueva escritura o algo así?
Lola, ten en cuenta que antes de calificar tu parcela suelo urbanizable tampoco podías construir con esa superficie.
Por poder puedes vender tu parcela a quien quiera comprarla, si esa es tu voluntad. Incluso sin necesidad de que el interesado sea propietario afectado por la actuación urbanística.
Para saber si la Junta de Compensación está obligada a comprarte la parcela, deberías comprobarlo en las Bases y Estatutos, pero lo normal es que esa clase de obligación no esté contemplada cuando puede obtenerse por expropiación.
Con independencia de si te expropian o entras a formar parte de la Junta, ademas del terreno, todos los bienes existentes en la finca han de ser tasados e indemnizados.
Explicado muy someramente el proceso es el siguiente :
Aportación de la parcela a la Junta para agruparla con el resto e inscribir la agrupación producida en el registro de la propiedad.
Valoración de las indemnizaciones que correspondiera hacer, has de tener en cuenta que al preceso urbanizador se aporta solo el terreno y habrá fincas con bienes indemnizables y otras no. Los costes de indemnización van a la cuenta de gastos de urbanización.
Proyecto de reparcelación por el que se distribuyen todos los costes de urbanización entre los miembros de la Junta en proporción a los terrenos inicialmente aportados, se adjudica las cesiones las cesiones obligatorias al ayuntamiento y se adjudica las parcelas lucrativas resultantes a los propietarios en proporción a los terrenos aportado al proceso.
Y pagar las cuotas de urbanización conforme al proyecto de reparcelación aprobado. Si no puedes pagar, eso sí suelen recogerlo las Bases de actuación, podrías pagar esas cuotas con suelo urbanizado.
Ahora no estoy muy seguro, pero no creo que debas pagar nada de eso que dices, excepto los impuestos y tasas que correspondan cuando solicites la licencia de obras para construir en la parcela adjudicada.
Muchas gracias Alga y Gesturban por contestar y ser tan claros!
Gesturban, esto es en Málaga pero no se de cuando es el PGOU.
Se muy poco de esto, tan sólo que se va a hacer por el sistema de compensación, pero hay propietarios que no están por la labor (gente de campo que no quieren dinero en el banco sino su campito). Así que en realidad, sólo es un propietario el que está montando todo esto, aunque tiene el 80% de la superficie (más o menos).
ESperaré a que me informen mejor en la reunión con los del Ayto. y os iré contando a ver qué hago.
Creo que tienes dos opciones, vender a lo que te paguen o unirte a la Junta Compensación, de no hacerlo os expropiarán por cuatro chavos (valor rústico).
El sistema de compensación precisa la aquiesciencia de los propietarios que representan más del 50%, y como tienen el 80% estáis a merced de dicho(s) propietario(s).
si quieres más información me llamas o al e-mail: oblatas59@hotmail.com te contesto.