He encontrado hoy un piso y me quiero cambiar. El problema es que el mes empieza la próxima semana.
En el contrato del piso en el que estoy hay una clásula que dice que hay que avisar por escrito con al menos un mes de antelación de que voy a dejar el piso. En caso contrario, se me obliga a pagar ese mes en concepto de daños y perjuicios.
En otra cláusula pone que, en el caso de dejar el piso antes de que finalice el contrato (es el caso), tengo que pagar un mes de indemnización (mes de la renta- que supongo que se referirá al mes de fianza) por daños y perjuicios.
¿Cuánto tengo que pagar en total?¿Dos meses más?¿Sólo la fianza (de un mes)?
-El tiemp de duración de este contrato comienza el día 1 de septiembre y termina el 31 de agosto, o sea que tiene un tiempo de duración de un año, en caso de cesar antes, el arrendatario se obliga a pagar un mes de indemnización (mes de la renta) por daños y perjuicios.
-El arrendatario se obliga a avisar al arrendador fehacientemente, por escrito, su deseo de cesar el arrendamiento al menos con un mes de antelación o a pagar ese mes por concepto de daños y perjuicios. También en caso de cesar en medio del mes, tendrá la obligación de pagar el mes entero, ya que sólo se arrienda por mese completos.
Hola mrm.Creo que ambas clausulas penalizan el mismo hecho:desestimineto unilateral por parte del arrendatario del contrato de arrendamiento antes de la fecha de finalización del mismo.Ello significa que,imcumpliendo una u otra,usted debería pagar 1 mes de renta en concepto de perjuicios
Por ello,creo,que solo debería abonar un mes de renta en concepto de indemnización.
De todas formas, tenga en cuenta las posibles respuestas que den otros foristas.