Llevo trabajando en una empresa multinacional casi 12 años,estoy embarazada de 6 meses y me despiden alegando causas objetivas economicas productivas y organizativas.Dicen que le sacan la marca y que para el año no van a tener tanto volumen de trabajo, qeu solo puede ocmercializar lo que les vendan desde la central.Yo estoy en el departamento de facturacion, dicen que mi puesto es facilmente sustituible.Como puedo demostrar que la empresa no esta tan mal,porque no hacen un ere si esta mal la empresa?en mi departamento somos 5 porque a mi?Si la central que esta en Inglaterra le retira la marca, tendran qeu demostrarlo y si es asi supongo que la central tendra que indemnizar a mi empresa por sacarle la marca.
hola, demanda en el juzgado social de tu ciudad, casi seguro que lo declaran nulo y tendrán que redmitirte.
Digo casi porque con los jueces de hoy nunca se sabe, pero tienes todas las de ganar.
Los derechos de las embarazadas están muy protegidos en España, habiendo 4 empleados mas en tu departamento tu tendrías prioridad para mantener tu puesto.
Tu no tienes que demostrar nada, es la empresa que tendrá que demostrar que tiene problemas económicos.
Tienes 20 días desde la carta de despido para demandar.
Hace meses despidieron a 5 personas de un departamento que desaparecio, alegando las causas objetivas economicas productivas organizativas... y una de ellas denunció y perdió el juicio, quiero entender que sucedió así porque fueron capaces de demostrarlo,demosrtar que la empresa va mal y preveen que irá peor de cara al futuro, pero mi caso es distinto mi departamento no desaparece y estoy embarazada, y dudo que estee tan mal la empresa, ellos pueden maquillar de algun modo las cuentas?Si yo no tengo que hacer nada, me limito simplemente a decir que me echan porque estoy embarazada?
Este articulo hace referencia al despido objetivo, sus formas y efectos.
Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:
a) La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo 45 de esta Ley, o la notificada en una fecha tal que el plazo de preaviso finalice dentro de dicho período.
b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la del comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a).
Esta claro que no te pueden despedir estando embrazada.
Estoy pensando en coger una baja, ya que aun no me dieron la carta de despido, que pasaria?Seria una baja por enfermedad comun ya que doy a luz el 10 de Diciembre.
No es muy etico, pero antes de coger una IT, prueba con una baja por riesgo en el embarazo, estarás mas protegida....
Si estas de IT por contngencia comun, te pueden despedir igualmente
La idea de "Peretes" tampoco es ética, y tiene algunos problemas:
1º.- Es posible que tu convenio estatutario o extraestatutario establezca un número de semanas de gestación para acceder a la prestación por riesgo durante el embarazo.
2º.- No debe existir ningún puesto en tu actual empresa acorde a tu situación. Si existe, se te trasladará sin más, mientras te encuentres embarazada.
3º.- El Director General del INSS tiene 30 días para resolver.
4º.- Aunque te acojas a una prestación por riesgo durante el embarazo, también puedes ser despedida.
"Rocalimon" (y en relación con el punto 4º anterior)... El despido de una mujer embarazada NO ES NULO POR EL MERO HECHO DE ESTAR EN DICHO ESTADO (el hilo de "días por ser madrina", se ha derivado en un post de leyendas urbanas, y ésta en concreto, ha sido apuntada por "Activo").
El art. 53.4 ET establece, "Lo establecido en las letras anteriores (las indicadas por "Rocalimon", entre otras) será de aplicación, SALVO QUE, en esos casos, se DECLARE la PROCEDENCIA de la decisión extintiva POR MOTIVOS NO RELACIONADOS CON el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.
La procedencia sólo la puede determinar un juez, por lo que en caso de despido, demanda.
Las empresas pueden despedir a quien quiera y cuando quiera porque el despido es libre en España.
Lo que quise trasmitirle a tunny aparte de animo es que, estoy seguro que ganará y se declarará nulo el despido, porque es evidente que en su caso el despido sobreviene por su estado de embarazo.
Para mí el juez no tendrá en cuenta el problema económico como hecho sustancioso de la causa sino que habiendo 4 empleados mas se eligió al empleado mas vulnerable y protegido de la ley española.
Estoy seguro que se ha vulnerado el art 17.1 ET.
El TS dictó sentencia el 19/7/06 (R.387/05 fallando en contra de una empleada que fue despedida (despido disciplinario) estando con 4 meses de gestación por el hecho de que la empresa desconocía dicho estado.
Esta sentencia marco jurisprudencia.El conocimiento empresarial de la gestación es requisito constitutivo de la conducta discriminatoria para apreciar la existencia de un despido nulo, es decir, que resulta necesario probar que el empresario conocía el embarazo de la trabajadora a la fecha del despido.
Pero en la sentencia del TS 17/10/08 (R. 1957/07) que asume la doctrina del TCº S. 92/08, de 21 de julio del 2008, que llegó a idéntica decisión en un caso similar, sienta nueva jurisprudencia y ya no es requisito informar al empresario del embarazo. La idea del TC es que no se pueda vulnerar el derecho a la no discriminación por razón de sexo.
El TS declara, será nulo por tanto, todo despido de una trabajadora embarazada, salvo que existan razones objetivas para acordarlo, como el cierre de la empresa o una conducta de la trabajadora incompatible con sus obligaciones laborales. Lo que se prima es la aplicación taxativa del artículo 55.5. b del Estatuto de los Trabajadores y su reforma a tenor de la ley para la Conciliación de la Vida Familiar y Labora
Esta es mi humilde opinión, pero tratándose de ti no se a que atenerme.
por lo menos, después de estar 8 horas cortando palmeras tan mal no me lo he currado.
Rocalimon, ya van dos veces, que indicas que "tratándose de mi" o "conociéndome"... bla, bla, bla.
Si discrepo, lo indico, pero no por ello mi respuesta es más válida que la tuya. Tampoco ataco a nadie, tan sólo opino, y de buenas maneras (aunque a veces, me ponga cabezón). Pero cometo fallos... como todos.
Por lo que respecta al tema, siento no ver tan clara la nulidad.
Shughart, mis premisas iban en plan cachondeo, quizá sea porque de donde vengo la ironía es la base de nuestro humor cotidiano.
Nunca me he sentido atacado por tus intervenciones correctivas en forma de opinión, es mas, se agradecen porque esta muy lejos de mi intención causar daño a las personas que exponen sus problemas en este foro con respuestas desacertadas. Aunque estas personas deben ser conscientes de que no están ante un bufete o estudio jurídico.
La mayoría de los que participamos no somos profesionales del derecho, solamente personas que dedican tiempo personal para ayudar a otros.
El término verbal de la acción de imponer que utiliza Sorgalim no puedo compartirlo, ya que impone el que puede y no el que quiere, y en el caso concreto del derecho impone el conocimiento.
En este foro he visto respuestas disparatadas que han dado lugar a que se formara un hilo de controversias de opiniones que han beneficiado al preguntante, ¿y esa es la idea y el fin de este foro no?.
Lamento mucho si mi actitud te ha molestado, pues no era mi intención.
Con respecto al despido de tunny sigo manteniendo la nulidad y espero que cuando se resuelva el caso nos los haga saber.
A partir de la nueva reforma los despidos por causas objetivas se irán amontonado en los juzgados, y la prueba mas concreta la tenemos en este foro.Los jueces irán marcando el rumbo.
En la sentencia del TC la demandante que era auxiliar administrativa fue despedida por que su nomina era alta y su puesto innecesario,estaba embarazada, la empresa argumento que no había vulnerado sus derechos puesto que desconocía su situación.
El tribunal de instancia y de suplicación así lo entendieron dándole la razón a la empresa.El tribunal constitucional anulo las dos sentencias de los tribunales inferiores porque entendía que se vulnero el artículo 14 CE.
El TC considera de que existe una duda mas que razonable sobre la verdadera intención de un despido objetivo cuando se trata de un embarazo, y que ante esta duda se debe primar el artículo 55.5 porque vulnera lo estipulado en el artículo 14 CE.
Para ROCALIMON y SHUGHART: cada uno tendra un punto de vista diferente , es logico, lo que esta claro que al final todo dependera de la decision del tribunal.
Gracias por vuestras respuestas, yo estoy bastante desanimada, ya que con la crisis y lo de las causas objetivas lo voy a tener creo q complicado, ellos ocultan algo y es dificilisimo saber donde meten el dinero.Seria posible que alguien los auditase para ver sus cuentas?Y si me dirijo a la inspeccion de trabajo y le cuento mi caso, me resolveran algo alli?
hola majoga, por ahora ayudante de jardinero, pero me están por contestar de un almacén para entrar como mozo.Ojala se me de porque la jardinería a veces suele ser bastante dura en invierno.
Ahora me entró la curiosidad a mi, ¿porque preguntas?
saludos
hola tunny, la empresa tendría que demostrar en la demanda que realmente tiene problemas económicos de importancia, aunque con la reforma en teoría alcanzaría una presunción de perdida en el futuro.
Lo de la inspección no lo tengo claro, quizá otro forero pueda aportar la respuesta.
'MI DULCE JARDINERO, AMANTE DE PEDRO BONIFACIO PALACIOS ...
Sobre tu comentario:
"..... de la acción de imponer que utiliza Sorgalim no puedo compartirlo, ya que impone el que puede y no el que quiere, y en el caso concreto del derecho impone el conocimiento"
Rocalimón,
es que soy muy lacónica, y a eso me ref
Rocalimón,
es que soy muy lacónica, y a eso me refería al decir que :
'SHUGHART ..... impone = me impone = me merece todo mi respeto = me impresiona ......
precisamente por eso: POR SUS CONOCIMIENTOS Y BUENAS EXPOSICIONES !!!
A ver tunny, más allá de hablar de sexo de los angeles, lo que debes hacer si tienes dudas es demandar, en cualquier caso será la empresa la que tenga que demostrar la procedencia del despido.
Tu, por tu parte, poco pierdes y si ganas, indemnización por despido improcedente y salarios de tramitación.
Esto, como te digo si tienes dudas, no te pares a pensar sobre si es facil o dificil demostrar, ya eso lo tendría que hacer la empresa.
SALUDOS.
TUNNY,
dices ... "Y si me dirijo a la inspeccion de trabajo y le cuento mi caso, me resolveran algo allí ? "
Como muy bien dice VEGAS .... tu no te preocupes por eso ... :
1/ TE DESPIDEN, PUES QUE TE DESPIDAN ! (ahí no puedes hacer nada)
2/ TU 'DE-MAN-DA' .... no te lo pienses ni un segundo más.
Serán tus ABOGADOS quienes solicitarán en la denuncia que PRUEBEN LO QUE DICEN EN LA CARTA DE DESPIDO y, seguro, mucho más .... (se debería ver el texto de la carta de despido).
Ánimo, sé fuerte y muchas felicidades por tu futura maternidad ( nene o nena ? )
VEGAS, lo siento. Olvidé contestar a Tunny .... lo que pasa es que la jardinería me va ...
Recuerda, en todo momento, que estás embarazada; vas a dar a luz alrededor del 10 de Diciembre .....
Dices :
1/ " ..... Hace meses despidieron a 5 personas de un departamento que desapareció, alegando ... y una de ellas denunció y perdió el juicio, quiero entender que sucedió así porque ....
_ _TUNNY, no hay 2 juicios iguales ! y seguro que 'esa persona' no estaba embarazad@ de 6, 7 u 8 meses ... verdad ? TÚ, SÍ.
Dices : " ... en mi departamento somos 5 por qué a mí ?"
_ _ La eterna pregunta !, pero acaso están las otras 4 personas también embarazad@s? son mujeres u hombres?
Piensa que una embarazada .... después va el tiempo de lactancia, reducción maternal, etc, etc ... ? Acaso han despedido una embarazada, anteriormente ? Si negativo ... por qué no probarlo contigo ? (esta sería la prueba de fuego para la Empresa: si les sale bien, ya tienen la pauta de como hacerlo, sino quedará en un intento).
_ _ Perdona Tunny, he releído todo el post, pero he sido incapaz de ver si ya tienes la carta de despido o, por contra, de momento son todo pre-avisos verbales porque te están 'tomando la temperatura' ?