Hola a todos. Mirad: me han puesto una multa de 90 euros y una indernizacion de 475 euros por darle un golpe a un mamon. La multa quiero pagarla pero el resto no. Soy insolvente, puedo pedir que me lo cambien por trabajos sociales? Gracias.
En primer lugar dice que no me han enviado en la citación judicial copia de la denuncia por lo que podía ir a ciegas sin saber de qué se trataba.
Por otra parte quiere estudiar la posible "prescripción" de la falta. El e-mail se envio en junio de 2008 y a mi me llegó la primera noticia del juzgado en abril de este año.
Aunque de por medio hubo una investigación policial...¿sería posible que aunque con inv. policial, pudiera prescribir la falta?
Bua es que ve una pasada casi 1600 euros por este tema! en el que encima la esencia de la "supuesta vejación hecha" es porque todo el mundo se ha enterado del mail que les mandé... pero yo se lo mandé a las 4 denunciantes... fueron ELLAS quienes luego propagaron el mail para que TODOS vieran "el daño, oh, que les había hecho yo"
Pues vaya atraso si la sentencia te la mandan a casa!
¿a ti no te pidieron costas ni indemnizacion?
no es ningún atraso, supongo que cada juzgado funcionara de una manera en temas de notificaciones, ahora que recuerdo, la sentencia me la trajo un agente judicial, un funcionario de justicia, y me leyo, condeno a d.... al pago de .... euros, y al tiempo recibí una carta certificada que tenia que ir al juzgado a por la sentencia firme, vamos la ejecución, no pague ni costas ni indemnización, porque como te dije en mi anterior post no me presente a juicio, no se si la otra parte pediría indemnización o no, pero yo pague mi multa y me quede mas agusto que tó.
Malizzia...tranquila... que ya te avisaran que vayas al juzgado o te la enviaran por correo certificado... cuando la recibas... si no te importa... nos lo comunicas y ya veras como no es tan grave... despues si no se apela la sentencia... te comunicaran que es firme y que tienes que pagar lo que sea...mientras tanto olvidate un poco del tema... que en los juzgados hay cientos de juicios de faltas... ya te avisaran y te informaran de todo...
a ver, si recibí dos notificaciones, una de la sentencia, y al cabo del tiempo, por lo menos un mes mas o menos recibí la ejecución de la sentencia, en esta ultima me venía el numero de cuenta y la cantidad a ingresar en la cuenta corriente, esta ultima notificación tuve que ir yo expresamente a por ella, no la recibí por correo certificado, tuve que ir a por ella personalmente, y no recuerdo el plazo del pago que me daban para pagar.
mira malizzia82, yo recientemente me juzgaron por un juicio de faltas, te cuento mi caso.
1º recibi la sentencia, en este caso condenatoria al pago de una multa, solo y exclusivamente la sentencia en la que se me condenaba al pago de una multa.
2º recibií la ejecucion de la sentencia al pago de la multa, junto la ejecución de la sentencia, creo que indicaba algo de un plazo a pagar la multa en un numero de cuenta, que en este caso fue en el banco banesto.
ya te han dicho que en los juicios de faltas no hay condena en costas, aunque te lo diga la sentencia, en mi caso si me venía algo del pago de las costas, pero yo solo paque la multa, que es lo que me indicaba en la ejecución de la sentencia, espero que te aclares un poquito, al fin y al cabo es un simple juicio de faltas, no creo que te condenen a una indemnización, y si te condenan no creo que pagues esa cantidad, como mucho unos 60 eurillos entre todos para que se inviten a unas cañas.
Efectivamente el fiscal ha sido bastante bueno conmigo. La multa la pienso pagar.
Tenía entendido que aunque el abogado defensor haya pedidos costas, éstas no se admitirán por no ser preceptivo abogados en un juicio de faltas...¿alguien me lo puede confirmar?
Y de la indemnización, ¿creéis que la aceptará el juez?
La verdad es que el juez alf inal del juicio al salir me puso la mano en el hombro y se dirigíó a mi muy cordialmente.... no sé como interpretar eso...
Supongo que el abogado defensor puede pedir misa, pero esraro indemnización y costas en un juicio de faltas, no???
¿cuando me manden la carta, me vendrá la cuenta dond ehacer el ingreso de la multa?
El juez dictara la sentencia que considere oportuna... supongo que en costas no te condenara porque no es preceptivo.. y la multa si te la imponen... debes pagarla.
Si ingresas el dinero para la multa pero hay indemnización..ese dinero es para la indemnización..quiero decir que se paga antes ésta que la multa...
En cuanto al consejo de hacerte la loca y tal.... mejor que no... porque el juzgado tiene medios para saber los bienes que tienes y si trabajas o cobras paro... ademas la multa si no se paga... se convierte en dias de arresto.... y en mi juzgado al menos.... se cumplen los arrestos de las multas...
Si no tienes muchos ingresos, puedes pedir el pago a plazos...
Espero que el juez no sea demasiado duro... suerte..