Personalmente considero un halago que me hayan confundido con el muy apreciado Nando. Sobre lo que dice Ninfa de que he hecho una lectura equivocada, hay parte de verdad en ello, pues no conocía el dato de que el derecho de opción le corresponde a ella......... Pero en el fondo del asunto sigo pensando lo mismo, que es muy parecido a lo que ha expuesto muy coherentemente Sandra en la anterior respuesta.
Yo creo Isabel que si realmente estas mal en el trabajo, llega a un acuerdo con tu empresa, cobra la indemnicacion y vete, porque seguir en esa situacion puede perjudicar tu salud, ya que por lo que cuentas no tienen intencion de cambiar en su actitud, y al la larga o a la corta emocionalmente te afectara. Es mi opinion, aunque tambien entiendo la postura de no dar el brazo a torzer pero aunque denuncies a la I de Trabajo, te van a seguir amargando igual.
Un saludo
copon¡¡¡¡ me equivoque de persona que era Dani 2, perdón por el error, zitro tu me has entendido lo que queria decir....Zitro te hablaré de mi sindicato, yo he confiado y confio en los sindicatos, pero...hay veces que lejos de mirar los derechos de los trabajadores miran su propio beneficio. Yo trabajo en una empesa que es un gran holding, pues en una empresa de ese holding se está negociando el convenio, vamos que un mega-convenio, evidentemente a mi sindicato no le interesa dar muxa guerra con lo mio (yo soy de otra empresa del grupo), no vaya a ser que se les fastidien las negociaciones (vamos es lo que creo), pq llevo desde que empezo esté rollo diciendole al secretario general de mi federación que denunciaramos y siempre me está dando largas. Mis compañeros están apoyandome en todo momento, han hablado con todo cristo para que mi situación se regule, lo han llevado al comité de Seguridad y salud como acoso moral....
Yo solo añadiría que creo que Dani 2 hace una lectura equivocada. al contrario de su oponiónb, yo creo que la empresa si quiere que se vaya con la indemnización que sea, Lo que pasa es que no la puede echar ya que al ser representante de los trabajadores el derecho de opción le correponde a ella.
Po otra parte, la contestación de Pisaha. Lejos de parecerme graciosa, me pareción una insadmisible impertinencia. Seguro que si eso le pasara a el tal Pisha, a su padre o a su madre, no contestaría con esa gracia. Pero clar, cuando la tragedia es ajena !Que se joda.! Así nos va.
¿Nando, compañera? Veo que te sietes muy afectada. Tranquilidad, buenos alimentos y firmeza en tus actos.
Por otro lado, a la Inpección de Trabajo no se le pone ninguna "demanda". Se le envía un escrito de "denuncia", que tu debes llevar (que será lo mejor, por si se pierde) en mano y entrevistarte con el inspector de guardía del día que decidas.
Por otro lado, no dices nada del resto de tus compañeros de representación legal o algún miembro del Sindicato. No estaría nada mal que te acompañaran también.
Muchas gracias por todas vuestras aportaciones. Nando seguramente que lo que quiera mi empresa es lo que tu apuntabas, pero......estan jodidos sin creen que van a poder conmigo. Eso es lo que han hecho en está empresa siempre lo que les ha dado la gana con todo el mundo. Pero claro, conmigo lo tienen más jodido. El viernes hable con el de Relaciones Laborales y le dije que mi paciencia se habia terminado y que me iba a poner demanda en inspección, me dijo que esperara que estaba ultimando para darme un puesto nuevo...pues bien hoy es lunes son las 16.00 h y no he recibido noticias. Asi que me voy a poner la demanda, o seguiré informando de lo que pasa.
Y es que un(a) representante de los trabajadores, que cumpla con las obligaciones contraidas (ante sus compañeros que la eligieron) en la defensa de los intereses colectivos de los trabajadores, resulta a veces para la empresa, una "mosca cojonera" al hacer cumplir a ésta la legallidad vigente.
Isabel tu no debes pedir ninguna cuenta; debes seguir cumpliendo con la obligación que tienes ante tus compañeros y ante tu misma.
A lo que tu dignamente representas, la normativa laboral establece una serie de derechos y garantías que si llevas el camino recto es imposible que puedan quitartelas.
En este sentido y para garantizar el adecuado desempeño de las funciones de los representantes, unitarios y sindicales, de los trabajadores, se le atribuyen unas facultades y garantías que les preservan frente a injerencias o intervenciones del empresario. Las garantías vienen enumeradas y descritas en el art. 68 ET, figurando entre ellas el “crédito horario” o permiso retribuido mensual que “libera” al representante del trabajo durante unas horas al mes para que pueda dedicarlas al ejercicio de sus funciones.
A titulo de ejemplo, el Tribunal Supremo (sentencia de 18 febrero 1997 (Sala 4ª), Ar. 1448) considera que «las garantías de los representantes de los trabajadores frente al poder disciplinario empresarial revisten una especial trascendencia ya que tienen por finalidad LA TUTELA DE UN INTERÉS COLECTIVO que, en principio, resulta siempre afectado por los actos de sanción a estos representantes, en cuanto que a través de tales actos puede atentarse, de forma directa o indirecta, contra su independencia y, por tanto, contra la propia autonomía de la acción representativa en la empresa. De ahí que el ordenamiento español, recogiendo las directrices del Convenio 135 de la OIT y de la Recomendación 143 de esta Organización, haya configurado un sistema de protección que no se limita a las garantías sustanciales previstas en los arts. 56.3 y 68.1, c) del Estatuto de los Trabajadores, sino que se extiende a los aspectos formales del ejercicio de la potestad disciplinaria» y que «esta garantía formal se concreta en el apartado a) del art. 68.1 del Estatuto citado».
Decirte finalmente, que los pasos que debes dar están muy claros:
1. Denuncia tras denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo, que les saldrá barato y posiblemente le pueda costar el puesto de trabajo al "listillo de relaciones laboral" de turno.
2. Si la empresa te despide (que es espero que no se atreva) tu garantía sería altísima. Llegarías incluso a no ir por la empresa y deberían ingresarte la nómina mensualmente hasta que se hartaran de hacerlo. Mira lo que pone el artº 279 en relación con el artº 110 de la LPL.
Así que ¡ánimo! y no dejes que te mermen tu recto proceder en la defensa de la legalidad.
Aquí estaremos para aconsejarte.
Recibe un cordial saludo.
Ni blanco ni negro todo es según el color del cristal de las gafas con que se mire. Aunque tampoco sé si esta frase es adecuada a la respuesta que pretendo dar.
Cuando una empresa quiere hacerle la vida imposible a algún trabajador, por los motivos que sea, puede empezar a discriminarlo para que se canse y se vaya.
En ese caso se puede rescindir el contrato de trabajo con la indemnización que corresponda. Pero cuando se pretende neutralizar a un representante de los trabajadores para que no ejerza su actividad sindical y ese representante en vez de rescindir su contrato pretende seguir exigiendo sus derechos. Eso para mi es "avanzar sindicalmente". Es posible que haya otras opiniones, que respeto, aunque no las comparta.
No es lo mismo que un representante rescinda su contrato a que sea despedido. En España, el despido es causal y cuando es improcedente si el trabajador es representante legal tiene la opción él de la readmisión. Por ello, si la empresa quisiera despedirla se podría encontrar con ese inconveniente.
Soy de los que piensa que en caso de duda hay que aplicar lo más favorable al trabajador "indubio pro operario". También creo que los sindicatos contribuyen a la defensa y promoción de intereses económicos y sociales de los trabajadores. Y también es evidente que los Sindicatos en España han avanzado y han conseguido importantes logros para los trabajadores, aunque algunos no les guste ni siquiera que se nombren.
Hombre, la respuesta de Pisha un poco graciosa sí era.
No estoy de acuerdo con Isabel cuando ante la posibilidad de plantear la rescisión del contrato por falta de ocupación efectiva dice "eso es lo que ellos quieren". No, lo que ellos quieren es que se harte, firme una baja voluntaria y se vaya sin nada.
Si la empresa quisiera eso la despidiría porque la indemnización es la misma (45 días por año).
Y aunque por supuesto Isabel tiene derecho a intentar seguir trabajando en su puesto, pienso que cuando la relación laboral por la razón que sea se vicia y se llega a tal tirantez, lo mejor es rescindirla (cobrando la indemnización, eso sí).
No es sólo mi opinión. Hoy mismo he estado en una Inspección donde el trabajador acusaba a mi empresa de moobing, y la inspectora poco menos que nos ha obligado a que lleguemos a un acuerdo para rescindir el contrato, porque decía que en esas condiciones no se puede seguir. Me parece muy acertado su requerimiento.
Lo que Jesusfer llama "avanzar sindicalmente" (sic) para mi no es más que "enmerdar" aún más una situación que sólo apunta a mayor crispación.
Gracias a todos por las respuestas, pero creo que me he expresado mal. Se que puedo pedir la rescisión del contrato...pero efectivamente no quiero....eso es lo que ellos quieren que me pire para poder seguir campando a sus anchas...Yo habia pensado poner demanda en Inspección, asi que al ataquerrrrrrrrrrr¡¡¡¡¡¡¡
El art. 4 del Estatuto de los Trabajadores, relacionado con los Derechos laborales, en su apartado 2 a) nos dice que en la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho a la ocupación efectiva.
Esto significa que tienes derecho a que tu empresa te dé efectivamente trabajo y a que éste corresponda a tu puesto y categoría profesional.
Efectivamente, la respuesta anterior de Vicente es correcta. La negativa del empresario a dar ocupación efectiva te faculta ante el Juzgado de lo Social para solicitar la extinción.
De prospera la demanda tendrías una indemnización de 45 días de salario por año de servicio. Pero creo que eso no lo debes de hacer. Mejor es defender tus derechos y plantear la tutela de los mismos para ser repuesta en tu situación anterior de ocupación. Puedes plantear una denuncia ante la Inspección de Trabajo por infracción de la normativa laboral o discriminación sindical.
Si no tengo mal entendido, el que el empresario no te dé trabajo es una falta o incumplimiento contractual, por lo que igual puedes pedir la resolución del contrato, no?
Como ya os comente en anteriores ocasiones, mi empresa ha pasado por un proceso de externalización.
Hace aprox. 3 semana intentarón meterme dentro de dicho proceso sin pertenecer a la Unidad Productiva Autónoma.(soy representante de los trabajadores y Delegada Sindical).
Despues de varias presiones por parte de mi sindicato a la empresa, amenazando con que les ibamos a denunciar, me retiraron la carta de subrogación.
El hecho es que desde el 1 de Diciembre, me tienen en una meso 8 horas sin darme ningun tipo de trabajo. Yo personalmente le solite a mi responsable trabajo y me respondio que no me iban a dar ninguna tarea, se lo pedí por escrito, pero se negó a darmelo.
Me podeis decir que puedo hacer???? Estoy desesperada.