Entiendo que el asunto no tiene relevancia penal, y es administrativo: Dicha persona está infringiendo las reglas de la convocatoria y, por lo tanto, al no cumplir los requisitos exigidos por la misma, podrá revocársele el derecho obtenido, caso de aprobar.
Quien convoca la oposición, contará con los medios adecuados para acceder a esa información; no puede, en un acto casi de candidez, confiar ciegamente en la veracidad de las manifestaciones de los aspirantes, en mi opinión.
Si aprueba y con posterioridad es absuelto y no trasciende el asunto, pues no ocurrirá nada; si le condenan, su nombramiento será nulo, supongo.
En cualquier caso, apruebe o no, pienso que su conducta no tiene relevancia penal.
Hola,
Mi pregunta es referente a una información que me ha llegado sobre una persona que está pendiente de juicio por delito doloso y se quiere presentarse a una oposición en la que uno de los requisitos es que no esté pendiente de juicio por delito doloso, justamente.
Cuando esta persona entregue la instancia y el certificado de antecedentes penales, evidentemente al estar pendiente de juicio no sale el certificado "penado" o "manchado".
Pero..... si que al entregar una hoja firmada como que reune todos los requisitos de la base de la convocatoria ésta persona evidentemente está mintiendo.