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¿Ésto es delito o falta?

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
14/04/2007 17:44
Desde un punto de vista penal la conducta no es subsumible en ningun tipo penal.
14/04/2007 17:42
Entiendo que el asunto no tiene relevancia penal, y es administrativo: Dicha persona está infringiendo las reglas de la convocatoria y, por lo tanto, al no cumplir los requisitos exigidos por la misma, podrá revocársele el derecho obtenido, caso de aprobar.
14/04/2007 17:37
Quien convoca la oposición, contará con los medios adecuados para acceder a esa información; no puede, en un acto casi de candidez, confiar ciegamente en la veracidad de las manifestaciones de los aspirantes, en mi opinión.

Si aprueba y con posterioridad es absuelto y no trasciende el asunto, pues no ocurrirá nada; si le condenan, su nombramiento será nulo, supongo.

En cualquier caso, apruebe o no, pienso que su conducta no tiene relevancia penal.

Espera otras opiniones, no obstante.
14/04/2007 16:39
¿Y si aprueba la oposición?
14/04/2007 16:37
Me apunto a la opinion de Anafer. :)
14/04/2007 15:48
En mi opinión, es un hecho atípico, porque sería falsedad ideológica cometida por particular, conducta que está despenalizada.

Salvo mejor criterio.
¿ésto es delito o falta?
14/04/2007 15:30
Hola,
Mi pregunta es referente a una información que me ha llegado sobre una persona que está pendiente de juicio por delito doloso y se quiere presentarse a una oposición en la que uno de los requisitos es que no esté pendiente de juicio por delito doloso, justamente.

Cuando esta persona entregue la instancia y el certificado de antecedentes penales, evidentemente al estar pendiente de juicio no sale el certificado "penado" o "manchado".
Pero..... si que al entregar una hoja firmada como que reune todos los requisitos de la base de la convocatoria ésta persona evidentemente está mintiendo.

¿Constituye ello falta o delito de algún tipo?

Grácias.