Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Estimación directa

1 Comentarios
 
16/01/2005 21:46
En estimacion directa, cada trimestre es acumulativo, es decir, hay que declarar todos los ingresos desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, en el primer trimestre; desde el 1 de enero hasta el 30 de junio, en el segundo trimestre; desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre, en el tercer trimestre; y asi, hasta que el cuarto trimestre son los ingresos de todo el año, que este importe es el que ira a la renta.

Entonces sí, hay que sumar los ingresos del primer trimestre, con los del segundo trimestre para declarlos en el modelo del segundo trimestre.

Cada trimestre NO son trimestre independientes, con sus respectivos ingresos y gastos.

Ojo, los pagos fraccionado que hayas pagado en los otros trimestres tambien hay que acumularlos, y lo mismo con las retenciones.

A más, si la diferencia sale positiva, calcula un 5% de esa diferencia y la puedes añadir a los gastos para obtener un rendimiento neto menor, y pagar menos. Esto 5% se considera un importe de gasto de dificil justificacion pero que HAcienda sabe que tenemos.
Estimación directa
perfil pin
16/01/2005 19:58
Es cierto que en estimacion directa hay que sumar todos los gastos e ingresos de cada timestre, y que no hay que hacerlo de forma idependiente ingresos menos gastos.

Es decir si tengo 2000 euros en el primer trimestre y 2000 en el tercer timestre seria en el segundo trimestre cuatro mil euros a considerar e igualmente ocurre con lo sgastos, es decir sumar el de los dos trimestres y sacar la diferencia. Es que tengo esa duda?