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Estatutos no válidos?

12 Comentarios
 
Estatutos no válidos?
20/10/2010 16:14
Buenos días, tengo el siguiente problema, a ver si alguien me puede ayudar.
En mi comunidad de vecinos establecimos en los estatutos, al constituir la comunidad que se pagaría la misma cuota por todas las viviendas, exceptuando los áticos, que por ser mas pequeños, pagarían la mitad. Así hemos estado durante cinco años, llevandolo todo nosotros mismos. Desde hace año y medio, un administrador se encarga de esto, porque nadie quería hacerse cargo. Este señor cambia las cuotas y las establece por coeficiente de participación. Yo no estoy de acuerdo, y le digo que no puede cambiar así, el acuerdo unánime anterior, del cual yo tengo una copia, y ademas figura en el libro de actas (ahora en su poder). Pero me dice que ese libro no es válido, que no está registrado, y por tanto, tampoco los Estatutos. La comunidad tiene NIF asignado por Hacienda. Así que me pongo en contacto con el Registro de la Propiedad y me dicen que es cierto, que no está registrado, y que el CIF nos lo dieron porque hay funcionarios que no lo han exigido y que no es la primera vez que ocurre .
He contactado con el constructor, que es el que tramitó todo ésto, y me dice que tiene todos los documentos guardados, yo espero que tenga el Acta de Constitución con los Estatutos, debidamente firmada por todos los vecinos
y despues de todo esto, mi pregunta es ¿que debo hacer? es inválido el acta de Constitución y los Estatutos si no se registró el libro?, y ¿ cómo es posible que se nos asignara un CIF en Hacienda, en caso de que esto fuera inválido?
20/10/2010 18:36
El administrador no puede cambiar las cuotas de pago sin acuerdo en Junta.
20/10/2010 18:46
Eso es medianamente cierto, aunque se debe respetar las decisiones de las juntas la LPH es clarisima en ese sentido y dice que los propietarios han de pagar por coeficiente, entiendo que el administrador lo que intenta es cumplir el marco legal vigente.
20/10/2010 18:48
Cumplir el marco legal obviando una decisión de la Junta de propietarios que prevalecería sobre ella.
20/10/2010 18:48
no puede? porque él dice que ni siquiera son válidos esos estatutos ya que le libro de Actas no está debidamente registrado, así que ha hecho incluso unos estatutos nuevos, como si la comunidad nunca se hubiese constituido
20/10/2010 18:50
Yo de vosotros, consideraciones legales aparte, cambiaba de administrador.
20/10/2010 18:53
en eso estoy totalmente deacuerdo contigo Satanete
20/10/2010 18:55
Hombre, si el administrador se extralimita en sus funciones queriéndoos dotar de nuevas cuotas sin consultaros, de nuevos estatutos sin consultaros y sobre todo desprecia olimpicamente todos los acuerdos de los vecinos realizados con anterioridad, vamos si no lo quieres cambiar.
20/10/2010 19:03
el problema es que los vecinos que se han visto favorecidos con la nueva cuota, están encantados. Pos eso es que necesito saber si esto que está haciendo está bien o mal hecho, porque yo no voy a seguir pagando el triple que otros si no me lo dice un experto, o en su defecto, un juez
20/10/2010 19:20
Satanete que un acuerdo en junta es de inferior rango que la LHP, y estos acuerdos no pueden ser ilegales, informate de los rangos de la legalidad, porque se cometería un acto ilegal y cualquier propietario podria denunciarlo y con toda seguridad ganaría el juicio.
21/10/2010 09:02
La Ley: En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial.
Ponte un supuesto que lo de las cuotas esté mal hecho. La Ley: Impugna o anula ese acuerdo mediante su procedimiento legal y luego se ponen nuevas cuotas.
Lo que es alegal es actuar sin procedimiento.
21/10/2010 10:41
Haz una cosa, revisa en la oficina virtual del catastro los coeficientes a aplicar a cada propiedad en el edificio, es seguramente de donde haya sacado el administrador, y los que en su momento el constructor dio por los metros cuadrados tanto de las propiedades como de las zonas comunes.

Se que hay administradores que son para suicidarse pero en ese aspecto no creo que haya errado.

Y una cosa es la Alegalidad y otra muy diferente la Ilegalidad, por hacer un acto alegal no se puede condenar porque hay una laguna júrídica pero por hacer un acto ilegal si hay condena...

Se que te mosquea pero las cosas son como son, saludos.
21/10/2010 11:23
Evespirit, No sé si he entendido bien, pero creo que dices que no se pueden cambiar las cuotas de pago. Si es así, no estoy nada de acuerdo. El art.9.3 dice "... o a lo especialmente establecido", dejando una puerta abierta a otras posibilildades. Una cosa es la cuota de participación y otra la cuota para contribuir al mantenimiento.