Soy médico especialista hospitalario, desde el año 2001 ocupo una plaza en propiedad de régimen laboral en un Hospital Fundación. En el año 2005 tras superar un proceso selectivo obtuve y tome posesión de plaza de personal estatutario fijo como Facultativo Especialista, y tras esto solicite excedencia de esta plaza estatutaria por Incompatibilidades al amparo de la Ley 53/1984 de 26 de Diceimbre y de conformidad con lo dispuesto en el art 66 de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre, el Servicio de Salud de mi Comunidad me concedió tal excedencia y seguí desempeñando mi trabajo com personal laboral fijo en el primer hospital. En los próximos meses se va a proceder a Estatutarizar al personal laboral del Hospital Fundación. Tendré que elegir una de las dos plazas? o siempre puedo tner los derechos adquiridos de la plaza primera estatutaria?, que me aconsejais?Gracias.
Dos plazas del Estado no se pueden tener....Pero siempre hay gente que se las arregla para algunas cosas...Conozco uno que tiene una plaza de la comunidad autónoma y otra plaza del Ministerio de Sanidad....
Es posible conservar tantas plazas como se obtengan en procesos selectivos permaneciendo en la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público en las que no se desempeñen y con posibilidad de reincorporarse en cualquier momento manteniendo progresos personales en materia de trienios y de carrera profesional.
Cosa distinta es que se desee el ejercicio simultaneo de ambas plazas, cosa que exige desempeño de jornada parcial en ambos puestos así como obtención de la oportuna autorización de compatibilidad.