Recientemente se han dictado nuevas disposiciones.
Existe el Real Decreto 57/2005 de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones de la seguridad del parque de ascensores existente.( BOE num. 30 del 4/02/05).
Puedes bajártelo en la siguiente dirección :http://www.boe.es/g/es/
En su art. 1 trata de las medidas que deben cumplir los ascensores ya instalados, las cuales se detallan en el anexo correspondiente. En dicho anexo, la medida número 10 trata de los llamados "teléfonos" o sistemas bidireccionales de comunicacion.
Mire en
http://www.coitiab.es/reglamentos/elevadores/reglamentos/rd_5705.htm
ahí le viene la última modificación (2005).
En ella verá que no es obligatoria su colocación en edificios de viviendas normales.
Ahora bien, si se ha quedado colgado alguna vez, no hará falta que se lo recomiende. Y si no se ha quedado y se niega a ponerlo, pues muy mala suerte si le toca ese día.
HAy varias soluciones para ello.
Una muy normal es poner un móvil que hac e la llamada d emanera automática.
Lo que no he mirado es si Ud se debe conetar con la compañía que lleva el mantenimiento del ascensor o es un servicio que pueder contratar con cualquier otra empresa, como puede ser una de seguridad. Pregunte, y en último lugar a los del ascensor.
Vaya a la Delegación de Industria y lo pregunta. Como le harán referencia a un BOE o al equivalente de la Comunidad (la CA valenciana tiene algo de normativa propia en aparatos elevadores), allí mismo los podrá consultar.
Estamos obligados a instalar linea telefónica en el ascensor?
Hola, quería saber si en el ascensor de mi comunidad estamos obligados a instalar linea telefónica, el ascensor ya es viejo y querría saber si es obligatorio y en que ley se refleja, soy de Valencia por sí tiene alguna relevancia. Muchas gracias.