Yo tengo ganas, pero no sé si conocimientos suficientes; me arriesgaré.
Al respecto, nuestro Código Penal establece en su Artículo 250:
1. “El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:
.
2.º Se realice con simulación de pleito o empleo de otro fraude procesal”.
Esta modalidad de estafa consiste en un engaño idóneo para crear un error al Juzgador, mediante alegaciones falsas; ese error lleva al Juez a dictar una Resolución injusta, que provoca un desplazamiento patrimonial a favor del autor del delito, y en perjuicio del otro litigante o de un tercero.
Asimismo, es posible que ambas partes de un proceso se pongan de acuerdo, simulando la existencia de litigio entre ellas, para obtener un beneficio, con el consiguiente perjuicio de un tercero.
En ambos casos, el engañado es el Juez, que se supone es el que, indirectamente, realiza el acto de disposición a favor del agente, y en perjuicio de la otra parte o de trecero.
Otra posibilidad es que el engañado no sea el Juez, sino la parte contarria. Ocurre cuando, pior ejemplo, mediante alegaciones falsas, se crea un error en la otra parte, que induce a ésta a allanarse.
Espero haberte podido ser de ayuda. No obstante, recuerda que mis conocimientos son escasos; así que espera ratificación/rectificación por parte de expertos. ¡Saludos!
La verdad es que mi Cerezo Mir y yo hacemos lo que podemos, pero siempre necesitamos la ratificación/rectificación de expertos, ante la palmaria carencia de conocimientos jurídico-penales que padezco.
Pero, bueno, estoy en vías de solucionarlo; estudio mucho.
Hola, muy buenas gente. ¿Que me podéis decir de una Falta por Estafa por intentar ahorrarse unos euros comprando ropa en un centro comercial? A una amiga mía le pillaron cuando pagaba una prenda con una etiqueta de otra (40 € más barata) que ella había cambiado y ahora tiene un juicio rápido! ¿Que sanción le puede caer? Graicas. Saludos.
"Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses(...) Los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a 400 euros."