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Estafado en internet

35 Comentarios
Viendo 21 - 35 de 35 comentarios
16/01/2006 17:55
Jeje, Gracias, Ana, me estas siendo de gran ayuda. Pues si caro me va a salir.
Tengo que enviarle un Burofax o similar para que conste que yo le he pedido que de devuelva el dinero y el se ha negado?
El abogado mio el dia del juicio puede ser de oficio?
Como hace la justicia para citarnos a los dos si somos de diferentes provincias?
perfil Rus
16/01/2006 18:15
Abogado: Puedes personarte o no. Si te personas, llevarás abogado (y procurador), que puede ser de oficio si quieres (lo pides cuando te lo digan en el Juzgado). Otra cosa es la justicia gratuita. Para tener derecho debes cumplir una serie de requisitos,el primero, que los ingresos de la unidad familiar no superen el doble del SMI (unos 900 €).

Si no te personas, sólo te llamarán como testigo y no necesitas abogado.

No te preocupes por las citaciones. Lo primero que hay que determinar, en caso de el asunto siga su curso, es qué juzgado es competente para conocer del asunto, porque en principio, sería aquel en cuyo partido se cometió el delito, pero como en este caso fue por internet...quizás te tengas que desplazar. En cualquier caso, los Juzgados suelen tener un buen sistema de comunicaciones, y a tí te citarán a través del Juzgado de tu partido judicial.

Por último, puedes mandarle todo aquello que creas puede servirte de prueba.

Un saludo
16/01/2006 18:18
Bueno, si quieres mandarle un burofax, más que nada poniendo en su conocimiento que vas a presentar denuncia; quizá logres que te devuelva voluntariamente lo que le ingresaste.

Diríjete al Colegio de Abogados de tu ciudad y te informarán de si tienes o no derecho a asistencia jurídica gratuita.

En cuanto al acto del Juicio, el imputado puede ejercer su defensa por escrito dirigido al Juez; es un derecho que le asiste, por residir fuera de la demarcación del Juzgado. Se le citará por exhorto.

Saludos.
16/01/2006 18:22
Rectifico: como dice Rus, hay que determinar dónde se entiende consumado el delito para establecer la competencia territorial.
16/01/2006 18:26
Buenas, Rus, Gracias por contestar.

Lo de si me persono o no, no me queda claro. En el momento que interpongo la denuncia me persono como denunciante, no? Entonces tengo que llebar un abogado (Particular o oficio y un procurador - Tambien hay de oficio o particular-) A ver si me lo puedes explicar mejor. Un saludo y gracias.
16/01/2006 18:28
Ok, Ana, eso queda claro.
perfil Rus
16/01/2006 18:54
No. Tú (o cualquiera) podemos denunciar un hecho. Si no es un delito privado (injurias, calumnias), no eres parte en el procedimiento hasta que no te persones.

Por ejemplo. Denuncias. Se abren "diligencias previas", que es una especie de "investigación" para ver si hay indicios de infracción penal. En esta fase, te llaman a declarar, y al ser el perjudicado, te hacen lo que se denomina "ofrecimiento de acciones", que en la práctica quiere decir que si quieres ser acusación particular (y tendrás que personarte con abogado y procurado).
Si no quieres ser acusación particular, no pasa nada, si tiene que haberlo, habrá juicio, pero tú solo podrás participar como testigo (si te llaman). La ventaja de ser acusación particular es que puedes presentar recursos, proponer prueba, etc.
perfil Rus
16/01/2006 19:08
(olvidé continuar con la primera parte de la respuesta).

En los delitos privados es imprescindiible que el ofendido sea parte (es decir, qeu si retira la acusación, termina el procedimiento). En el resto de delitos, con carácter general, interviene siempre el Ministerio Fiiscal, por lo que no es necesaria la "participación activa" del denunciante-ofendido (por ejemplo, en unas lesiones, el sujeto va al centro de salud y dice que la herida fue producida por fulanito, que le pegó con un palo. El médico lo pone en conocimiento del juzgado, se abren diligencias, y el procedimiento sigue adelante quiera o no quiera el lesionado,-cosa distinta es lo que pueda decir en el juicio-.)
16/01/2006 19:20
Ok, ahora me qeda bien clarito. Gracias.
16/01/2006 19:25
Una última cosa, si no me persono, y el juez da la razón a la otra parte, tengo que pagar yo yas costas del juicio o alguna tasa? Gracias.
16/01/2006 23:04
Srta Ana Fernandez, y señor buendia, no se precipiten en sus conclusiones, veran, la estafa muy comun en internet en la que se ofertan determinados artículos que después no se envían es muy común, pero veran, funciona de la siguiente manera.

El estafador, aprovechando distintos portales de internet de subastas y distintos correos electrónicos oferta varios artículos. Nunca suelen sobrepasar el máximo legal del delito, y suelen oscilar alrededor de los 200 euros. Estas estafas son en cadena y siempre son numerosas utilizando para ello cuentas falsas, etc,. en el caso de que una de la victimas se ponga muy pesado y anuncie su intención de poner una denuncia, en la siguiente estafa se consigue, que la próxima víctima ingrese un dinero en la cuenta de la víctima anterior, con lo cual esta queda resarcida. Para el engaño se utiliza correos con nombre de empresas relacionadas con la informatica. El caso es que la mayor parte de las victimas de estos entramados no denuncian. La otra parte, los que se ponen muy pesados o por lo que sea tienen visos de llegar al final (victimas que reconocen ser de FCS, Ejercitos, Judicatura, Abogados), reciben una compensación sacada de otra victima. En caso de presentar denuncia, al sedr una falta, donde el desconocimiento del funcionamiento de internet alcanza a los miembros de las FCS, a la jjudicatura, MF, etc, acaba en el baul de los recuerdos.
Buendia, si quiere llegar al final, mi consejo es que denuncie el hecho ante especialistas de los FCS (policia judicial, etc), que lleve los datos del correo, por que son fundamentales ya que contienen la IP de correo del estafador, y aunque esta no sea fija, pueden ser seguido el rastro a través de ella.-

Srta Ana, le aseguro que en estos fraudes, casi siempre los demás, tambien son víctimas.
16/01/2006 23:46
Tomo nota, Sr. Foxy. Gracias y saludos.
17/01/2006 00:17
Lo que sí pienso es que, en el caso que nos ocupa, el que recibió el dienro quizá fue algún día víctima; pero ahora es autor de una falta y el Sr. Buendía no ha de pagar las consecuencias de que al Sr. X le estafaran primero.
17/01/2006 00:22
Por lo demás, estoy de acuerdo con usted en el consejo que le da a Buendía.

Y le agradezco mucho la explicación, porque no tenía ni idea de cómo funcionan estas estafas en Internet.

Saludos.
17/01/2006 09:16
Gracias, a los dos, iré a la policia a ver que me cuentan, pero no creo que averiguen nada, ya que los correos, me los puede haber enviado des de una biblioteca, un locutorio, etc... entonces si que no tendré nada de nada del principal estafador. En canvio si que se quien tiene mi dinero y no me lo quiere devolver. Un saludo
19/01/2006 12:30
No se crea buendia. Las estafas en serie necesitan cierto tiempo de preparación, de absorción de datos, etc, para lo cual, un ciber o una biblioteca no es adecuado a este fin. Casi siempre y por esa dependencia (tenga en cuenta que hay que responder numerosos correos, etc), la tenga instalada en su propio domicilio o en un lugar habilitado para ello. De todas formas, la investigación de estos delitos es compleja, y requiere el análisis de muchísima información, cotejo, etc.

De todas formas le deseo suerte.-


Un saludo.-