almuibi, la competencia aparece regulada en la Ley de enjuiciamiento criminal, no en la legislación que tu citas.
En mi opinión la jurisidcción española es competente para conocer. En cualquier caso se práctico y presenta la denuncia en el Juzgado correspondiente a la localidad del "estafado".
el problema es que mi cliente no es consumidor, ha sido una compraventa mercantil, aunque ahí no está lo complicado, sino en demostrar, tanto en los hechos como jurídicamente, que el delito se ha cometido aquí y no en alemania...
Yo optaría por presentarla en el partido judicial que se corresponde con el domicilio del cliente ya que él no se desplazó para "ser estafado". Además, si el juzgado no se cree competente ya lo comunicará mediante procurador / letrado.
El problema de ese medio es precisamente éste: estafador en un lugar, estafado en otro, servidor en otro, ...... Procura mirar la legislación europea por si puedes ampararte en algún reglamento, directiva, .. (cosa, como mínimo, laboriosa).
Salvo mejor opinión
tengo un cliente que le han hecho la de paga primero una parte, luego te enviamos el producto y finalmente pagas el resto... Hizo el primer ingreso y nada. Estafa total y alzamiento de bienes...
El problema es que el otro es una empresa alemana:
tengo que presentar donde se cometió el delito, pero fué allí en alemania o puedo en el partido judicial de mi cliente?