Buenos Dias, en primer lugar agradecer de antemano cualquier respuesta que me envien.
Mi Padre decidio invertir 120.000 eur junto a otro socio (u n familiar) en una s.l. con domicilio legal en valencia. el capital esta en 51% de mi padre y 49 del socio pero al vivir en barcelona le dio plenos poderes para actuar. la sociedad es una promotora para la contruccion de chalets. El caso es que el socio no ha enviado en cinco años ninguna informacion. Como el socio no contesta ni al telefono ni a burofaxes, consultando el banco nos encontramos que debido a la crisis y a la mala gestion (puede que a una estafa) actualmente la empresa esta con saldo cero en el banco, con tres solares hipotecados cuyas cuotas no han sido pagadas desde enero y ademas pidio el socio un credito personal a nombre de la empresa. El dinero ha desaparecido. Tras contratar a un abogado el socio no ha contestado a ninguna de las peticiones de reunirnos ni ha enviado factura ni justificante ninguno. No hay contabilidad, nada de nada. Los abogados nos dicen que si destituye como administrador al socio y se pone el para tratar de recuperar algo, no solo no conseguira nada sino que tendra que hacer frente a cuantas deudas tenga la empresa. Segun tengo entendido un s.l. nunca mi padre tendria responsabilidad con su propio patrimonio, pero los abogados nos dicen lo contrario. Segun tengo entendido solo en caso de fraude en cuentas puede un administrador llegar a ser responsable con su patrimonio, pero la responsabilidad seria de mi padre o del antiguo administrador? ademas creemos que ha desviado el dinero a otra empresa o directamente se lo ha quedado, creen que siguiendo adelante (cosa que los abogados dicen que no vale la pena) podrioamos recuperar el dinero aunque sea demostrando fraude y con el patrimonio del socio? en cualquier caso hay posibilidades de imputarle delito y que al menos la ley lo castigue? podrian darme algun sitio donde acudir en valencia que sean buenos abogados en sociedades?
Disculpen que me extienda, pero a mi padre le han estafado los ahorros para su vejez... no puedo creer que el socio pueda estafar sin que la ley haga algo...
muchisimas gracias.
Si necesitas un abogado lo mejor es preguntar en el colegio de abogados de Valencia y te informarán.
Pero si tus abogados te dicen que no tiene viabilidad deberias confiar en ellos. Yo soy abogada y evidentemente lo que quiere un abogado es que los casos tengan viabilidad juridica. Porque si no la tiene no hay caso, y ni el cliente gana ni el abogado gana.
En las sociedades de capital los socios responden con su aportación pero los administradores sociales pueden tener que responder con su propio patrimonio frente a sociedad, socios y terceros.
Es preciso que tengas presente que hay dos planos de responsabilidad en este caso; Civil y penal y cada uno tiene particularidades concretas, lo que significa que, puede haber responsabilidad en un plano o en los 2 . El presupuesto de responsabilidad civil (que puede ser por daños o por deudas de la sociedad) de los administradores se circunscribe a actos contrarios a la ley o a los estatutos (existen diversas obligaciones legales cuyo incumplimiento puede dar lugar al nacimiento de responsabilidad del administrador, por ejemplo cuando la sociedad se halla en causa de disolución, no adoptar las medidas oportunas para solventarlo como convocar junta para ampliar o reducir capital, solicitar concurso etc.), mientras que la responsabilidad penal se refiere a la comisión de un acto tipificado como delito por el código penal. Por tanto existen muchos más supuestos de responsabilidad del administrador del que mencionas.
Por ello es preciso revisar la documentación y establecer una estrategia lo antes posible, recopilando toda la información de la que dispones; cuentas anuales?, actas, contratos, escrituras etc.
Lamentablemente este tipo de cosas ocurren, a veces son un llamado de atención y a veces un drama.
Hola Silvia, Muchas Gracias por tu ayuda. Entiendo lo que me explicas, yo siempre he estudiado las sociedades desde el punto de vista economico y estos casos tan anomalos se me escapan. La desgracia es que no tenemos ningun documento, puesto que el administrador ni ha presentado cuentas, ni contratos ni nada de nada... seguiremos intentando obtener informacion. La cuestion es si hay alguna manera de demandar al socio y administrador unico por no darnos informacion, por no llevar las cuentas ni hacer ninguna documentacion de la empresa y por supuesto por su mala gestion llevandola a la ruina. Estoy seguro que ha desviado fondos de la empresa... pero no tenemos ningun papel.
gracias de nuevo por tu respuesta y por perder tiempo en el foro.
Yanka, gracias por tu respuesta tambien, tomo nota.
Es Silva (no Silvia) pero no te preocupes porque la confusión es frecuente. Mi nombre es Federico.
En lo que se refiere a la responsabilidad del administrador, en abstracto y siempre dada la información que facilitas y atendiendo al accionar que mencionas, no tengo dudas que revisando la documentación se econtrarán infinidad de incumplimientos que puedan sustentar acciones de responsabilidad. También creo que podría haber causas para accionar penalmente.
Esto por un lado.
Independientemente de ésto, tienes que saber que hay cosas, en las que tu padre debería haber participado directamente. Por ejemplo, la sociedad no puede depositar cuentas anuales si antes no son aprobadas por la junta, y no pueden ser aprobadas sino es por mayorías. puesto que tu padre tiene el 51 %, las cuentas nunca se podían depositar sin que tu padre las aprobara. Esto como un ejemplo.
A lo que me refiero es que ideal es hacer un estudio profundo sobre (i) la situación actual de la sociedad (no solo jurídica sino financiera, ratios, tesorería, Stocks?, capital, deudas a largo/corto etc) (ii) los incumplimientos del administrador, tanto civiles como la posible comisión de delitos,y la cuantificación del daño (iii) exigencia extrajudicial del daño cuantificado y; (iv) en caso de no poder resolverlo de forma extrajudicial, la presentación de las acciones legales oportunas.
Esto en cuánto al administrador y al daño producido. En cuánto a la sociedad, del análisis de la misma hay que determinar como proceder, pero te adelanto que podrían darse las condiciones para poder excluir al otro socio de la sociedad si éste por ejemplo creo otra empresa que compite con ésta, o si como consecuencia de las acciones judiciales, resulta condenado por acciones perjudiciales para la sociedad. Todo ésto tiene que hacerse a la mayor brevedad posible puesto que, si aún hay algo por salvar, es mejor hacerlo antes que el administrador se lo vea venir y liquide todo.
si no as aba lado nada en bancos quizás te interese vender tus acciones a un tercero .notificas por burofax la venta y transcurrido el plazo legal sin que el socio ejercite el derecho las puedes vender.quedareis libres y el nuevo socio sera el que se pelee con ese indeseable .si quieres te lo puedo mirar .
En un asunto parecido, la socia ha sido condenada por estafa; aunque no tengas ahora documentación, en un procedimiento penal podrás ir solicitando la que vayas precisando y así hasta tener suficiente prueba para que puedan condenar al socio de tu padre en un juicio por estafa y/o apropiación indebida.
Suerte.