stik o alguien q me pueda orientar,,
en un informe publicado aki por stik q dice,
este seria el favorable
veran en mi expediente
sale asi
punto 1 concluido
punto 2 concluido
punto 3 pendiente
punto 4 concluido
sigo teniendo los 8 puntos
es normal q se salten el punto 3 y concluyan el punto 4 ?
por favor diganme algo los nervios me pueden gracias a todos
Pucelano, ese dato que consideras importante, no tiene relevancia alguna. Nada tienen que ver las incapacidades para trabajar con el grado de discapacidad reconocido por otra administración.
En cuanto al estudio de vida laboral, si ya te han valorado negativamente, tanto da que esté pendiente como concluido.
Ya te digo que podemos estar equivocados, pero por lo visto por aquí...
De todas formas te deseo suerte.
Si ya han concluido el dictamen propuesta y no tienes el punto 5... es de suponer que ese dictamen propuesta no requiere el punto 5. No te parece?
Aunque todo es posible, lo tuyo pinta mal desde el principio.
gracias esmeralda, lo hare, pero ya te digo que a mi en el expediente me sale concluido hasta el punto que dice:
3° Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad laboral por el Equipo de Valoración de Incapacidades CONCLUIDO.
Y aun asi me dicen en la ss que ni siquiera se ha reunido el evi. entoces porque me sale concluido hasta ese punto. Imagino que te ha pasado como me esta pasando a mi, esto es un sin vivir.
El CAISS es el Centro Información Seguridad Social, y si te han dicho ahí que no saben nada te digo que te han mentido, porque con tu DNI abren todos los expedientes que están, sean finalizado o no y como van, en que punto está. Ya te he contado que a mí me dijeron que tenía una IPT concedida desde el 16 de septiembre y por internet abrieron el expediente el día 18. Yo seguiría yendo a dar la murga, deben decírtelo.
hoy fui a la seguridad social y me han dicho que no saben nada de nada, que espere a que me llegue la resolución por carta.
y que de los ocho puntos no saben nada.
lo que si me han dicho que cuando tenga los informes que me faltan puedo volver a empezar otra vez el procedimiento.
otra cosa esmeralda, el CAISS ¿ no es lo mismo que una oficina de la seguridad social?
estoy a falta de citas con neurólogo y traumatólogo, esos informes no los pude llevar en esta solicitud.
¿Cuándo los tenga podría volver a solicitar la incapacidad de nuevo?
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Por supuesto que sí.
Obviamente en esos informes debe reflejarse agravamiento de sus secuelas o nuevas patologias qu sean motivo de valoración, pero si que puede solicitar una nueva valoración.
Pero ante todo y sobre todo , usted debe conocer los motivos de la denegación de esta primera ( si finalmente se la deniegan) porque si los motivos de la denegación fueran otros , (cotizaciones etc....) denada le sirven informes médicos nuevos.
Yo te recomendaría que fueras al CAISS que te corresponde, allí te van a indicar rápidamente si la tienes concedida, denegada o está en trámite. Suerte.
pucelano02 te cuento mi experiencia. Yo pasé tribunal médico por el EVI por cumplir los 365 días de IT el 11 de septiembre. El miercoles dia 18 ya vi por internet los 8 puntos detallados, concluidos hasta el punto 3, sin desaparecer ninguno. El viernes día 20 recibí carta certificada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
con una documentación para rellenar y entregar en el CAISS antes de diez días, los datos que me requerían eran las cotizaciones en el extranjero, personas a mi cargo y poco más. El lunes 23 fui a llevar la documentación al CAISS, allí me dijeron que tenía concedida desde el 16 de septiembre una IPT por enfermedad profesional, el EVI había actuado de oficio. El jueves día 10 de octubre he recibido otra carta certificada en la que se me comunica que estoy pendiente de resolución para una IPT y la pensión que voy a cobrar. Hoy tengo ya los siete primeros puntos concluidos, a falta de la firma. Espero que mi información te ayude en algo. Saludos.
pucelano02.
Escríbale usted a ese abogado que un expediente de incapacidad se compone de ocho puntos. Desde un principio.
La no aparición o desaparición del punto 5º es prácticamente sinónimo de denegación ; si bien , hasta que no se resuelve el punto 4º no es posible resolver el quinto.
Pero , cuando la denegatoria es obvia , ni siquiera aparece la cuantía de la posible pensión. (punto5º)
No obstante , hasta la resolución del expediente todo es posible.
kapitan te pego lo que me escribió un abogado laboralista.
Una vez que concluyan el punto 4º, comprobarán que usted reúne los requisitos de cotización para ser o no beneficiario de una IP y procederán a resolver el punto 5º. En caso de que le estimaran la solicitud de IP, sí aparecería la cuantía de la pensión, pues aparecería el grado de IP que le reconocen y su cuantía, obviamente. Sin embargo, en caso de desestimación, no vendría cuantía alguna, pues ningún grado de IP se habría reconocido. Espero haber resuelto su duda..
a mi no me ha desaparecido, es que ni me ha salido.
hoy me han dicho en la seguridad social, que puede aparecer en cualquier momento, cuando vean que cumplo las condiciones de cotización,
que si una vez concluyan al punto 4º, si es aprobada debería de aparecer.
Porque te han dicho por activa y por pasiva que todos los que han pasado por aquí y les ha desaparecido el punto 5º, les han denegado la pensión.
Por eso digo que te prepares y si no es así, pues tanto mejor para ti.