1.- Situación regular de un extranjero en España es la permanencia del extranjero en territorio español amparado en un título que le habilite a hallarse en el país. Puede ser una autorización de estancia temporal como turista, mientras dura; una autorización de estancia por estudios, voluntariado o prácticas profesionales, una autorización de residencia de cualquier tipo o bien ser beneficiario del régimen comunitario. Si usted ha entrado como turista con su pasaporte en vigor, se encontrará en situación regular mientras dure el período que ha sido autorizado a permanecer en el país como turista (normalmente, 90 días).
2.- Para solicitar cualquier autorización de residencia, excepto las que se conceden por circunstancias excepcionales, la regla general es que el extranjero ha de solicitar en el consulado de España acreditado en el país de origen o residencia un visado de residencia y trabajo por cuenta ajena, propia, trabajador altamente cualificado, excepción a la autorización de trabajo, prestación transnacional de servicios, que son las más corrientes y con ese visado ingresar en España, obtener su tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que le corresponda de acuerdo con su domicilio y puede comenzar sus actividades. Este es el régimen general previsto en la Ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su Reglamento de desarrollo.
3.- Excepcionalmente, puede solicitarse directamente dentro de España, siempre que se encuentre en situación regular en el país, una autorización de residencia dentro del marco de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Se trata de visas que se concede a personas que hacen inversiones de importantes sumas de dinero y tiene un tratamiento jurídico distinto del previsto en la Ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su Reglamento de desarrollo. En el siguiente enlace tiene la información, hay un enlace hacia la información en inglés, por si le resulta más cómodo:
En cualquier caso, lo que no es posible es solicitar una autorización de residencia hallándose en España en situación irregular (por ejemplo, si pasan los 90 días que tiene concedidos como turista), excepto el caso de las personas sujetas a régimen comunitario., que se rigen por la Directiva 2004/38/CE y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero.
Según este enlace, http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142337498371&idPaginaAsociada=1142337498371&language=es&pagename=PortalInmigrante%2FPage%2FINMI_pintarContenidoFinal quisiera saber como se define el estado regular. Soy estadounidense y llegué al país como turista - legalmente, obviamente - y quiero solicitar la residencia o permanencia. Soy autónomo con ingresos mas que suficientes según los requisitos estipulados.