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Estadia como turista luego de vencida la visa de estudiante

2 Comentarios
 
Estadia como turista luego de vencida la visa de estudiante
27/06/2015 10:13
Hola, tengo un visado tipo D de la unión europea, y vence el 2/8/15. Quisiera quedarme un mes mas pues tengo el pasaje de vuelta en esa fecha y se me hace imposible cambiarlo. Puedo hacer uso de mis tres meses de turista dentro de la unión europea? soy argentina y no necesito visado de corta duración para estar en el espacio shengen. Como debería proceder para cambiar el status de "etsudiane" y obtener el sello de entrada como "turista"? muchas gracias desde ya.
29/06/2015 15:01
Según tengo entendido no hay problema mientras no agotes esos 90 días. Se hace en la oficina de extranjería de la policia que tengas más cercana.
03/07/2015 18:57
Hola:

Si se halla en situación de ESTANCIA POR ESTUDIOS, en cuanto caduque tal autorización, si no solicita oportunamente la prórroga, pasará a encontrarse en situación de SALIDA OBLIGATORIA.

No existe jurídicamente la situación de "estancia como turista", sino que se denomina "estancia", que puede ser de corta duración (sin visado o con visado, dependiendo del país), dentro de la cual queda subsumida la situación de quienes vienen por turismo o para estancias breves (de hasta 90 días en cada período de 180 días). Pero también existe una estancian especial, calificada, que tiene una finalidad distinta y se concede por mayor tiempo que la ordinaria: se trata de la estancia por estudios, prácticas profesionales no remuneradas o labores de voluntariado. Este tipo de estancia, tiene una vigencia mínima de 180 días (en caso de que los estudios, voluntariado o prácticas vayan a durar hasta por ese tiempo, para la cual basta el pasaporte con el visado de estancia por estudios) y máxima de un año, que es prorrogable en caso de que continúen las circunstancias que permitieron su concesión (y que exige obtener tarjeta de identidad de extranjero como estudiante). En ambos casos, vencida la autorización de estancia, el extranjero está obligado a salir del espacio de Schengen, no puede interpretarse que tiene "otros 90 días como turista", pues precisamente su situacón es de estancia, cualificada, sí, pero estancia al fin y al cabo y no puede ser modificada ni de iure, ni de facto. Y únicamente puede prorrogarse la autorización de estancia por estudios que confiere derecho a la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante (es decir, la que va a durar más de 180 días).

La circulación por el espacio Schengen, una vez vencida la autorización de estancia por estudios, es ilícita, pues el extranjero extracomunitario ya no cuenta con una autorización de estancia en España que le garantice ser readmitido.

Un cordial saludo.