Hola
les expongo mi situación. Mi arrendador se niega a encender la calefacción en el mes de Noviembre.
¿ Existe alguna obligación legal de que la encienda?
¿ Qué puedo hacer, en caso de que pueda hacer algo?
¿Puedo negarme yo a pagarle la renta del mes a él no estar cumpliendo sus obligaciones?
Aparte de humedades con las que llevo en casa desde hace tres años ,sin que nadie haga absolutamente nada.
Cambio de pregunta, por lo que he visto es ilegal no pagar la renta un mes. Nosotros queremos pagarle como siempre hacemos, pero a condición de que ella encienda la calefacción.
¿ como podríamos depositar la renta en el juzgado? ¿ Me podríais explicar el modo?
Hola laura.Intente llegar a un acuerdo con su Arrendador de forma amistosa para que encienda la calefacción. Entiendo que los recibos del gas estarán a nombre del Arrendador y que después él se los repercute a usted,con lo cual no entiendo su negativa a encender la calefacción, pues el consumo de la misma es pagado por usted.
La renta en el Juzgado se deposita cuando el Arrendador se niega a recibirla en la forma pactada en el contrato o cuando se desconoce el domicilio del Arrendador. De todas formas, acuda a los Juzgados de su ciudad y alí le indicarán de qué forma se consignan judicialmente las rentas.