Desde hace unas semanas, unos vecinos de mi municipio tenemos serios problemas para sacar a pasear a nuestros perros, y quería hacer algunas preguntillas porque creemos que el Ayuntamiento está incumpliendo la ley.
Siempre sacamos a los perros por una zona ajardinada que hay cerca de mi casa, que no es propiedad del Ayuntamiento, sino que está recepcionada por la constructora de las casas de enfrente. En este parque no hay ni columpios, ni bancos ni nada, es una zona poquísimo transitada, por lo que pensamos que no íbamos a molestar a nadie.
Pero resulta que dos vecinos que viven enfrente del parque, antes de comentarnos a nosotros nada, empezaron a llamar a la policía local, la cual venía casi todas las noches (sólo cuando ellos les llaman, porque hay veces que hemos visto a la policía local y no nos han dicho nada), nos pedía los datos y nos desalojaba del parque. Y esto todas las noches, cuando les preguntábamos a lospolicías por qué nos denunciaban, nos decían que no estábamos denunciados, pero que nos tenían que tomar los datos para que constara la actuación.
Como estábamos ya un poco hartos de los desalojos y las visitas de la policía, empezamos a mirarnos las ordenanzas municipales y comprobamos que, según la Ordenanza Municipal sobre Circulación y Tenencia de Animales Domésticos, losp erros pueden estar sueltos en zonas no acotadas específicamente para ellos entre las ocho y las diez de la noche. Así pues, seguros de estar cumpliendo la ley, seguimos paseando a los perros por esa zona, siempre dentro del horario permitido.
Una noche, al venir la policía a tomarnos los datos, apareció en el parque la Concejala de Medio Ambiente de la localidad y nos dijo que, en virtud de la Ordenanza Municipal sobre la Protección de la Calidad Medioambiental, queda prohibida la entrada de perros en todas las zonas verdes del municipio. Bueno, eso después de estar media hora inventándose leyes, como puedimos comprobar más tarde.
Al leer detenidamente la ordenanza de la calidad ambiental, vimos que, efectivamente, prohibe la entrada de perros SALVO EN LOS CASOS Y POR LOS LUGARES ESPECIALMENTE AUTORIZADOS y luego remite a la Ordenanza sobre tenecia de Animales.
Por otro lado, la Ley de Protección Animal 11/2003, obliga a los Ayuntamientos a crear zonas para el espacimiento de las mascotas en los parque y jardines públicos, zonas que en este pueblo no existen. Para leer los artículos referentes a este asunto, podéis hacerlo en la página http://perritosdetomares.blogspot.com/2008/12/ley-112003-de-24-de-noviembre-de.html .
Así las cosas, nos surgen una serie de dudas:
1. ¿Puede venir la policía local a desalojarnos del parque sin denunciarnos ni decirnos la ley que estamos incumpliendo?
2. Según la Concejala de Medio Ambiente, la Ordenanza Municipal sobre Circulación y Tenencia de Animales Domésticos está derogada, aunque sigue colgada en la web del Ayuntamiento. ¿Cómo saber si realmente esto es así? ¿Puede derogarse una ordenanza sin crear otra nueva? Si esta ordenanza esta realmente derogada ¿Puede la Ordenanza de Calidad Ambiental remitir a una Orednanza que está derogada?
3. Sobre la Ley de Protección Animal y los espacios acotados en parques y jardines, el Ayuntamiento está creando un parque canino (es decir, sólo para perros) en la otra punta del pueblo, exactamente a 3.9 km de mi casa. ¿Puede escudarse en la construcción de este parque para no instalar zonas para perros en los demás parques públicos?
4. Si el parque por el que sacamos a los perritos no está recepcionado por el Ayuntamiento ¿qué autoridad tiene para prohibir la entrada en él?
En definitiva, lo que quiero saber es si podemos seguir sacando a los perritos entre las ocho y las diez como lo veníamos haciendo hasta ahora o si definitivamente la guerra está perdida y tendremos que llevarlos atados todo el día.