Les cuento mi situación.
Tengo una hipoteca y dos prestamos sin pagar en España.
No encontre trabajo en España durante 3 años y me he visto obligado a salir y vivir en Ecuador, logicamente el salario en Ecuador me permite vivir aqui, peno no pagar las deudas.
Tengo varias dudas en las que me gustaria que me ayudasen.
1.- Ya estoy en Ecuador, entre como turista y estoy gestionando el visado aqui, ¿me pueden poner algún problema por las deudas?
2.- Quiero abrir una cuenta en un banco local, ¿Pueden ponerme algun problema o embargar la cuenta?
3.- El juicio por el pago de estas deudas no se ha celebrado, solo recibi las notificaciones del banco que procedian a pasarlo al judgado, porque hice lo imposible por aguantar y pagar, por lo tanto estoy en espera, el problema es que no tengo domicilio en España, si no asisto ¿Que ocurriria?.
4.- Tengo miedo a que me pongan en busca y captura y que cuando entre en España si voy a ver a mi familia me detengan para llevarme ante el juez, ¿Puede pasar eso o algo asi?
5.- he escuchado y leido muchas cosas sobre caducidad de deudas ¿Caducan alguna vez?
Muchas gracias de antemano.
1.- Depende de la legislación ecuatoriana.
2.- Depende de la legislación ecuatoriana. No obstante: a.- Es difícil que el Banco pueda tener conocimiento de tus deudas en España. b.- Pueden embargarte la cuenta si reciben orden de un Juzgado español (Comisión Rogatoria), pero no es habitual que el Juzgado español investigue si tienes bienes fuera de España.
3.- Depende del tipo de procedimiento que se inicie en los Juzgados españoles. No obstante y, de forma general, se dictará una resolución condenándote (en rebeldía) a abonar la deuda más los correspondientes intereses y se iniciará la "Ejecución" (se investigará si tienes bienes y se procederá al embargo, en su caso). En el caso de la hipoteca, lo más probable es que salga a subasta el inmueble y se lo quede o el Banco o un tercero, y dependiendo de lo que se abone en dicha subasta quedará cancelada la deuda o no.
4.- No pueden ponerte en "busca y captura" por cuanto las deudas son un tema civil, no penal (a no ser que existan otras circunstancias que no indicas, como estafa, apropiación indebida, etc, y se inicie contra tí un procedimiento penal).
5.- Las deudas prescriben con el paso del tiempo. ¿Cuánto tiempo?, pues depende del tipo de deuda, de la resolución judicial que se haya dictado en su caso y de otras circunstancias.
Saludos.