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Eso es violacion de la intimidad?

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
Eso es violacion de la intimidad?
28/07/2009 01:33
Si tu ex pareja te pone un detective para que compruebe si tienes deudas, si tienes algo de tu propiedad y para eso pregunta incluso a personas de tu pasado........es una violacion de la intimidad? es denunciable?
04/08/2009 13:25
En efecto Curso44, estamos ante un delito de descubrimiento y revelacion de secretos.

Un saludo.
04/08/2009 16:38
No siempre y cuando el detective tenga licencia del Ministerio de Interior,
05/08/2009 11:02
No adriano los detectives apesar de las licencias deben
respetar al maximo la ley y por eso en sus asignaturas
en la facultad estudian derecho (penal)principalmente
conozco varios de estos profesionales que han acabado en prision precisamente por violar el derecho a la intimidad sumamente protegido en nuestro pais.Espero haberle ayudado.
05/08/2009 11:21
Carcel por hacer preguntas a personas y solicitar información a registros públicos? No creo. Curso44, todo es denunciable, otra cosa es que esa denuncia tenga algún efecto. Por lo que cuentas no hay nada...
05/08/2009 11:38
Asi es carcel por violar el derecho a la intimidad y con reincidencia no es ningun cuento a las primeras denuncias
se les dicto una sentencia en la que debian indemnizar a la victima estos profesionales continuaron con susu pesquisas y actualmente cumplen condena.
05/08/2009 11:42
Amo a mis hijos, a lo que me refiero es a que esos profesionales hicieron algo más que preguntar a personas y consultar registros de libre acceso, porque eso jamás puede ser un ilícito penal... Les habrán grabado, escuchado, interceptado correo o algo así, pero lo que cuenta Curso44 no daría lugar a un delito.
05/08/2009 12:41
Exacto lo que dice Morinelli, por preguntar intimidades no meten en la cárcel a nadie,

¡Quién no ha preguntado cosas "íntimas" de otros!!

Lo que es diferente es retener el correo, pinchar teléfonos...... sin autorización judicial. eso sí, pero preguntar públicamente, nada de eso.
05/08/2009 14:25
vamos a ver efctivamente preguntar no es delito,aceder a los registros publicos tampoco,pero hacer publico algo de la vida privada de las personas partiendo de la ley de proteccion de datos y de otras que garantizan el dercho constitucional a la intimidad pueden tener connotaciones delictivas en especial si el denunciante hace expreso deseo en la denuncia en cuestion que desea dejar salvaguardados sus derechos fundamentales a la intimidad recogidos en nuestra constitucion con mi intervencion solo pretendo
responder desde mi humilde experiencia las inquietudes y necesidades de los que intervienen en este foro siempre que me sea posible curso44 si sus
sos`pechas son fundadas acuda a un abogado y que este solicite las investigaciones pertinentes para proteger su derecho a la intimidad amparandose en la constitucion espero haberle ayudado.Suerte
05/08/2009 15:18
Amo a mis hijos, vamos a ver. Las "connotaciones delictivas" unicamente pueden nacer del Código Penal. No existe, repito, no existe, ninguna otra norma en el ordenamiento jurídico español capaz de atribuir el carácter delictivo a ninguna conducta. En cuanto a las posibles ilegalidades (administrativas) depende del modo de obtener la información y su posterior tratamiento."...compruebe si tienes deudas, si tienes algo de tu propiedad y para eso pregunta incluso a personas de tu pasado" Lo primero existen ficheros creados por los acreedores para esa información, y logicamente serán los titulares de esos ficheros quienes pudieran cometer cualquier ilícito. Lo segundo consta en los registro públicos, así que nada más que decir. Y en el caso de que las "personas de tu pasado" dispusieran de información en virtud de su profesión o cargo, serían ellos quienes pueden cometer un delito de revelación de secretos. Es loable su voluntad de ayuda, pero quizá debiera aclarar al solicitante, en pos de esa voluntad, su grado real de formación y conocimiento del asunto, ya que, y perdóneme la indiscreción, no es la primera vez que veo una intervención suya que no es discutible, sino simple y llanamente incorrecta. En cuanto a lo de acudir a un abogado, pues ese es el único consejo responsable que se puede dar en todas las preguntas que aparecen en todos los foros legales, otra cosa es vertir información y opiniones de las que el receptor podrá hacer el uso que buenamente quiera.
05/08/2009 15:37
Evidentemente es verter que no "vertir".
05/08/2009 16:35
Efectivamente como vd mismo ratifica las personas que por su condicion y cargo acceden a los datos de las personas pueden cometer delito por revelacion de secreto
por revelacion a terceros de esa informacion,ademas en alusion a su comentario sobre mi formacion le dire que no soy abogado sino que trabajo como escolta privado
hace ya 20 años y logicamente en mi formacion se contemplan año tras año amplios modulos de drecho penal,por si tiene dudas que veo que las tiene pues no es tera facil mi profesion indage en el ministerio del interior para comprovar la espartana preperacion a la
que estamos sometidos los escoltas privados repito no soy abogado aunque en principio no me ha sido necesario para vislumbrar mis derechos mas elementales sobre la intimidad de las personas y las conductas que pueden ser constitutivas de delito basandonos en esos derechos sin entrar en juicios de valor y no se ofenda hasta donde yo se el derecho a la intimidad viene recogido en nuestra constitucion y la violacion del mismo puede ser constitutiva de delito(quedando sujeto a la interpretacion del juez)y si esos delitos nacen del codigo penal le ruego que reflexione.Un saludo
05/08/2009 17:00
Que reflexione qué?
05/08/2009 18:57
Pues que el codigo penal ya contampla la posivilidad que le expongo y por otra parte le aconsejo que revise el codigo penal creo que vd difiere en mucho de la opinion de grandes abogados que en su dia encarcelaron a dos detectives por un problema como el que se plantea.Un saludo.
06/08/2009 09:10
Conclusión: que unos grandes abogados metieron en la carcel a unos detective porque el CP contempla la posiBilidad de que por connotaciones delictivas de la Constitución y la LOPD, hicieron preguntas que suponían una revelación de secretos. A ver chato, de verdad que sería muy fácil seguir retratándote, en cambio simplemente te diré que tus conocimientos no son suficientes, repito, no son suficientes para aconsejar nada en materia legal a nadie, y que si ´tu voluntad es ayudar has de empezar por ahí. Todo ello amén de las incontables e infames faltas de ortografía. Debieras ser un poquito más humilde y asumir tu propio desconocimiento antes de dictar cátedra, ya que de esta forma unicamente consigues quedar como un fantoche, y al menos tu voluntad de servicio es loable, así que es una pena.
06/08/2009 12:53
Mire Morinelli no le conozco,ni pretendo enfatizar mis conocimientos de derecho pero lo que esta muy claro
es que vd no me conoce en segundo lugar si yo tuviese que contratar a un letrado para defender mis derechos
fundamentales no le contrataria a vd,desde luego no soy abogado como le ya le comente soy escolta privado por tanto mis opiniones personales vertidas en este foro
no tienen otro objetivo que ser de ayuda dentro de mis conocimientos,nunca he dicho ser abogado y mucho menos he suplantado en este ni en ningun foro esa figura otra cosa es que vd crea que en este foro los intervinientes deben ser letrados o abstenerse de intervenir(pensamiento dictador)con un elemento como vd circulando y vertiendo juicios de valor sobre personas que no conoce y que evalua segun sus criterios dificilmente se puede llegar a ninguna conclusion como letrado deberia saber que una cosa es el codigo penal y otra muy distinta es la interpretacion del mismo(doctrina judicial)en fin no se ofenda pero me parece que vd es de los que piensan que si vd no consigue entender algo nadie puede hacerlo no le juzgo y quizas es un gran profesional,pero debe comprender que el orgullo que esgrime solo le puede llevar al mas absoluto de los egocentrismos con el que se ganara mas desplantes que elogios.
Ah se me olvidaba lo de las faltas de ortografia las cometen muchas personas entre las que he visto(personas a las que he estado custodiando)que son de conocida popularidad,en fin repito deberia abtenerse de emitir juicios de valor sobre las personas
mas aun si no las conoce aunque vd parece una persona dotada de una inteligencia sobre natural ya que parece conocer a las personas por sus intervenciones en un foro,absolutamente patetico.
06/08/2009 15:45
Ah perdón, si son de conocida popularidad no digo nada... Salúd amigo!
06/08/2009 21:36
Todo aquel que por su condición, puede acceder a datos protegidos, comete el delito de descubrimiento y revelación de datos, cuando los comunica a otra persona, ya sea esta quien le pregunta, ya sea él mismo quien se los comunique.

Los detectives, no gozan de ningún privilegio frente a la ley, la ley es de igual aplicación para todos. El detective que recabe información protegida, puede y debe ser demandado por mala praxis profesional en el desempeño de sus funciones, además de las correspondientes sanciones internas, (a nivel de colegio oficial de detectives privados), por la violación de su código deontológico.

Espero haber ayudado, un saludo a todos.
07/08/2009 21:51
amo a mis hijos me parece que el forero tiene razón en dos cosas, su buena voluntad y en que ha dado consejos desacertados; por el simple hecho de que se archive una causa o se le absuelva no alcanza para hacer una acusación por denuncia falsa, hace falta probar el elemento subjetivo, y que conste que no soy ni siquiera estudiante de derecho. Su intención es buena pero puede meter en líos a quien no se asesore adecuadamente, máxime tratándose de un tema tan delicado como el del maltrato, y que conste que soy una tia y que estoy de acuerdo en que hay mucha lista por ahi.
08/08/2009 14:09
lo bueno que tiene preguntar por aqui es que se obervan muchos puntos de vista y quizas donde no me atrevia a hacer nada,pues resulta que me animo y paso por un despacho a que me acaben de asesorar, pero de ahi a que alguien se meta en jaleos por una mala informacion hay un trozo, lo mas que puede pasar es que se presente una denuncia y que no sea admitida a tramite al no haber ilicito, de otra forma el propio abogado contratado seria el que no veria la posibilidad de llegar a ningun sitio, llegando al extremo mas radical, el sentido comun es el que debe decidir en ultmia instancia...