Buenas me gustaria saber si alguien me puede dar una respuesta rápida la cuestion que lo dje con el chico que estaba y estamos planteando quedarnos el piso entre mi hermano y yo, me gustaría saber si en la escritura o como contrato privado que tenga fuerza claro real, se podrian poner condiciones del tipo, que cuando una de las partes decida venderla no se niegue la otra, puesto que claro por ley d vida todo puede cambiar, y se la podria quedar el o yo en un futuro, o venderla.
gracias
No se puede obligar a nadie a vender,en contra de su voluntad. La situación de los bienes "indivisibles" como es una vivienda, en la que no se puede partir por la mitad, es bastante complicada.
Desde mi punto de vista, y dado que la mayoria de los problemas con propiedades es por los dichosos bienes indivisibles, mi consejo es que no os metais en un lio por salir de otro. Las cosas "a medias" al final.. os podeis encontrar con problemas que incluso afecten a vuestras relaciones como hermanos. Porque vosotros os llevais muy bien, pero ¿y vuestras parejas? ¿y si uno necesita el dia de mañana, vivir en el piso, y no puede, ó no quiere comprar su parte al otro?. Un compañero mio de trabajo compró un piso a medias con su hermana. Nos lo contó, como loco de contento, y los demás nos miramos... y no le quisimos decir nada. ¿que pasó? pues que al final, su hermana se casó y se fué a vivir al dichoso piso, y mi compañero se quedó ..
Hola, dejando aparte los casos de vivienda habitual de matrimonios o parejas con hijos que tienen sus especialidades y que no parece ser el caso en absoluto, en el tema que planteas cualquiera de los copropietarios puede instar en cualquier momento la división de cosa común, que si es indivisible como suelen ser los pisos y no hay acuerdo entre los condueños sobre quien se lo queda, terminará con su venta en pública subasta, aunque la Ley permite realizar el pacto sobre la permanencia del bien como indiviso por un plazo que no exceda de 10 años. Si uno de los copropietarios vende su parte a un extraño, el o los demás condueños tienen derecho de retracto sobre la finca.
Un saludo.