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escrituras para contrato de alquiler??

8 Comentarios
 
Escrituras para contrato de alquiler??
01/02/2010 20:03
Hola, he decidido alquilar una casa de mi propiedad en la provincia de Girona, pero tengo una duda, la inmoviliaria para poder firmar el contrato me pide fotocopias de las escrituras de la casa, recibo de contribución y recibos de luz y agua, lor recibos de luz y agua entiendo que pueda ser para hacer el cambio con los nuevos inquilinos para que ellos paguen el suministro, pero las escrituras?? me dicen que son para unos datos catastrales, pero no se muy bien qué pueden llegar a hacer con las escrituras y porque no les sirve simplemente una nota simple del registro en la que le salen los datos. Me podeis ayudar???

Gracias de antemano
02/02/2010 13:24
Es que realmente se me escapa para qué quiere la inmobiliaria los datos catastrales de su vivienda si lo que pretende es simplemente arrendarla.

Y si obviamente lo exige para comprobar la efectiva titularidad de la vivienda -no sería la primera vez que se alquilara por quien simplemente tiene llaves sin ser propietario- lo obvio es que se aporte Nota simple actualizada al día de la fecha y no la escritura original dada la posible discordancia con los asientos registrales posteriores a dicha escritura.
Si sospecha, inmobiliarias hay miles....
02/02/2010 15:37
Gracias papino, es que me dice que asi todo es más legal y ya tiene el inquilino que le ha dado una paga y señal, lo que he pensado es mandarle sólo los folios de la escritura en las que salga la direccion de la casa y mi nombre como propietaria, porque no sé para que más puede usar datos de la escritura.

Gracias de nuevo
Un saludo
perfil Jan
02/02/2010 19:51
Hola desesperacion. El número de referencia castastral DEBE CONSTAR OBLIGATORIAMENTE en el contrato de arrendamiento. Para ello es suficiente un Certificado del Catastro sobre la vivienda.

Reciba un cordial saludo
02/02/2010 20:37
Gracias Jan, mirare si puedo solicitarlo aunque no vivo en la misma provincia donde tengo la casa.
03/02/2010 10:41
Entiendo que la referencia catastral deba constar obligatoriamente en el IRPF de inquilinos & arrendadores que lo declaren sin embargo no hay referencia alguna en LAU ni CC a la imperatividad de dicho dato en el propio contrato de arrendamiento (y no me vengan algunos con la LCI)
perfil Jan
03/02/2010 11:55
Hola papino. La obligación de que conste la referencia catastral la impone el artículo 50 de la Ley 13/1996 de 30 de Diciembre, sobre Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en relación con el artículo 62 de la Ley 39/1988 de Haciendas Locales.

Reciba un cordial saludo
03/02/2010 12:02
Con todasas reservas posibles, jan, la citada Ley creo que impone la obligatoriedad de dichos datos en las respectivas declaraciones de IRPF y, en todo caso, la necesariedad de poner a disposición del arrendador dicha refrencia pero no la imperatividad del citado dato en el documento privado de alquiler, que es a lo que voy.
perfil Jan
03/02/2010 12:41
Hola paino.

Artículo 50. Constancia documental de la referencia catastral.

"Uno. La referencia catastral de los bienes inmuebles a los que se refieren los artículos 62 y 63 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, deberá figurar en las escrituras o documentos donde consten los actos o negocios de transcendencia real, relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles y los contratos de arrendamiento de los mismos, así como en los documentos en los que se pongan de manifiesto cualesquiera otras alteraciones de orden físico, económico o jurídico, de los citados inmuebles."

En mi opnión la obligatoriedad es clara. A ver si otro/a compañero/a nos da su opinión.

Un saludo