Yo creo que tu criterio es el más seguro, pero dos cosas me inquietan:
-la primera es que podría tratarse de una venta a non dominio, porque si los titulares eran dos (vendedor y su hermana) y la hermana no firmó el contrato, ¿podría pedir la nulidad?
-la segunda es la tentación de pedir la usucapión y liberar a mis clientes del pago del saldo del precio.
Mis clientes compraron una finca mediante contrato privado. Firma el vendedor en 2001 en un contrato manuscrito, y firma su hermana (copropietaria ahora, aunque menor de edad en ese entonces) como testigo. Mis clientes tomaron posesión en 2001, plenamente y sin interrupción.
El año pasado, más de 10 años después, les requerimos notarialmente para que escrituren.
Ahora se me plantea la duda: ¿planteo la usucapión de 10 años por tener justo título, o la demanda de otorgamiento de escritura, o la usucapión y la demanda de escrituración en subsidiariamente?