En mi escritura de prestamo dice que el solo motivo de no pagar un mes la cuota se puede proceder a la reclamacion de toda la deuda.he leido por aqui que eso es una clausula abusiva.
me gustaria saber cuantas cuotas impagadas hay que tener y la cantidad minima si hay para que un juzgado admita el tramite el expediente deudor para subastar la casa ó que tramites son de obligado cumplimiento por parte del banco antes de llegar a la reclamacion judicial.
gracias por darme su ayuda.
advierto que lo que expongo es experiencia personal y no tengo formación sobre este tema (lo pongo siempre para que no me acusen de confundir o dar información errónea), sólo te pongo mi opinion
no me acuerdo lo que pone en mi escritura, pero mi banco me ha explicado que si no pago una cuota, me esperan y luego me cobran intereses de demora, claro que no sé hasta cuantas cuotas esto sería aplicable. La verdad es que llevo muchos años con la nómina domiciliada allí, y no cobro hasta día 10, entonces si en algún momento falta algo del importe (ya procuro que no ocurra), mi banco (o mejor dicho mi sucursal), me adelantaría hasta el importe de una nomina (el importe de la hipoteca es menor) para cubrir el pago, o esperan hasta el día 10 y me cobran demora por los 10 días de diferencia. dicho esto nunca ha sido necesario (hasta la fecha) y por lo tanto nunca he pasado por ello. Tiene que existir alguna formula para tratar este tema pues cualquiera puede tener una mala racha, ¿digo yo? hombre una solución muy extravagante (y no sé cuanto de costoso, pero sí te costaría dinero) sería consultar las condiciones de hipoteca con otro banco y cambiar la hipoteca de banco, pero esto puede resultar complicado y desde luego tiene un precio. Se me ocurre que podrías informarte en la notaría, pero si la escritura ya está firmada (así lo entiendo) igual te dicen que lo preguntaras antes de firmar y que si eso es lo que pone, eso es lo que hay, pero no sé donde más podrías informarte, pues en tu banco no te van a decir si es abusiva la claúsula o no, lo único que lo intentes en el juzgado, que te expliquen cual sería el proceso en caso de retraso en los pagos, allí tambien te informarían (supongo, pues si son majos como los que tenemos aquí, no suelen tener problema) de los trámites y el papeleo y los plazos.
Suerte, espérate unos días a ver si algún otro forero tiene una opinion más profesional que la mía, no desesperes aún
un saludo