sí, claro que es posible venderlo, y hasta es posible que puede inscribirse la caducidad de esa carga ... pero finalmente resultará que la mejor combinación de lo más rápido, claro y barato, es la de ir al banco
Gracias mark9, estoy de acuerdo en que lo ideal es tener la escritura de cancelación de la hipoteca, pero no sé si eso de que "no podrá vender la vivienda" es del todo exacto, supongo que se refiere a que el comprador exige normalmente que esté cancelada la hipoteca registralmente, pero que es perfectamente posible que un comprador, no hay ningún impedimento legal, me compre la vivienda sin la anotación registral de la cancelación de la hipoteca
Al terminar de pagar el préstamo hipotecario, es usted quién tiene que pedir a los apoderados del banco que vayan a un notario a firmar la escritura de cancelación, corriendo usted con esos gastos (y su posterior inscripción en el registro).
Hasta que no haga esto, no podrá vender la vivienda ya que la anotación de la hipoteca seguirá apareciendo en la nota simple que sin duda pedirá el comprador para comprobar que está libre de cargas. Aunque usted le demostrase el posible comprador que el préstamo está pagado, él le exigirá que haga usted la cancelación.
Como le han dicho, en cualquier momento puede usted solicitar en la notaría copia de la escritura de compraventa o de la hipoteca. Lo normal sería que usted conserve el original de la compraventa, mientras que el original de la hipoteca puede que lo tuviera el banco pero en todo caso usted debería tener al menos una copia simple.
Gracias por la respuesta, sin embargo se me está ocurriendo otra cosa más sencilla: Ir al notario y pedir una copia de la escritura. Si vendo el piso, le enseño al posible comprador los pagos de la hipoteca finalizados y supongo que con eso no será necesario hacer la escritura de cancelación de la hipoteca
pues tiene que ir al banco
lo habitual entonces es que no hubiera comisión alguna si la cancelación fue en su tiempo (no anticipada), aunque habrá de pagar el coste notarial y registral de la cancelación (es poco dinero), y le devolverán su escritura
era frecuente, en los 70 e incluso a principios de los 80, que la compra de la vivienda y la hipoteca estuvieran en la misma escritura, y que el documento obrase en poder del banco, lo que en todo caso no le impediría pedir una segunda para usted (con un coste mínimo), aunque habría de pasar a que le cuñasen el pago de impuestos y la anotación registral (también le cobrarían por eso, pero muy poco)
Buenos días. Compré mi vivienda habitual a través de una hipoteca en el BBVA y terminé de pagarla en el año 2000. Me he despreocupado demasiado y he visto que tengo la fotocopia de la escritura, no el original, voy a ir al banco a preguntar, pero quería consultar aquí lo siguiente: ¿No había alguna ley que decía que transcurrido un tiempo desde que se terminó de pagar la hipoteca el banco tenía que dar un certificado de que la deuda estaba saldada sin coste? ¿Me tendrían que dar el original de la escritura igualmente sin tener que pagar nada?