Hola: A ver si por favor alguien me puede ayudar, en mi comunidad se van a sustituir los ascensores por unos nuevos y el problema es como se tiene que repartir la derrama. En la escritura de división horizontal establece literamente lo siguiente "...excepto en los gastos de ascensores y escalera en los que no contribuirán los componentes 43 y 44, por la no utilización de tales servicios, efectuandolo lo restantes componentes por partes iguales". En la misma escritura se reflejan los estatutos, cuyo artículo 5º determina "los gastos generales correspondientes a los elementos comunes y los servicios e instalaciones generales serán satisfechos en proporción al coeficiente de propiedad que figura en el título constitutivo. En definitiva, el administrador entiende que la partida de gastos de ascensores deben de pagarse por todos los propietarios por igual, sin embargo yo entiendo lo que hay que pagar por cuotas iguales es la que corresponde unicamente a los pisos exonerados de pagar y no a toda la partida.Muchas gracias por vuestra ayuda
Pues estimo que "SOLO LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO MENSUAL DEL ASCENSOR", será a partes iguales, menos el 43 y 44.
El coste de la sustitución del ascensor, será por coeficientes.