Si es una administración solidaria compartida entre dos administradores y uno de ellos cesa como administrador, por tanto queda la empresa con administrador único,. en caso de deudas por impago de cuotas a la seg.social al que cesó se le pueden pedir responsabilidades?
Por que según me contestas en la primera pregunta, entonces si yo compro una sl con impago de cuotas a la seguridad social, cesando antiguo administrador etc, la empresa se queda libre de cargas al hacerse cargo el nuevo administrador, se las queda con las deudas el anterior, vamos.
Hola que tal,
Por el hecho de que vendas la sociedad, tu responsabilidad como administrador no desaparece.
El hecho de que existan deudas en la sociedad recae evidentemente sobre ti, porque fue cuando s e contrajeron las deudas.
Por el hecho de que no se registre la Escritura la responsabilidad sigue existiendo.
Mi pregunta es:
Tras la venta de una sl, en caso de que el nuevo administrador no lleve la nueva escritura a registro mercantil, y como no figura en él, cualquier reclamación (por impagos varios) irá al anterior administrador porque sigue figurando él en el registro. Sigue siendo responsable de la misma o lo es el nuevo administrador?
Gracias