Gracias!
Entonces ahora lo correcto sería volver a modificar los lindes en el catastro para que figuren como en la escritura original que sí está registrada?
Sería válido a efectos catastrales, lo que significa que la configuración de las parcelas según el Catastro refleja lo acordado en la escritura, pero al no haber sido inscrita en el Registro de la Propiedad, no tiene efectos frente a terceros. Esto significa que, en caso de venta, sucesión, o cualquier situación que implique a terceros, prevalecería la descripción de las parcelas tal como está inscrita en el Registro, no la acordada en la escritura de modificación de lindes.
Buenas tardes.
Firmamos escritura de modificación de lindes con parcela colindante. (Para facilitar el acceso a la parcela del vecino), para ello, se midieron las parcelas, se hizo escritura y modificaron en catastro los nuevos lindes. No hubo variación en los m2 de ninguna de las dos parcelas. Al llegar al registro, éste lo rechazó??. Qué validez tiene esa escritura ahora y en el futuro? Gracias!