Buenas tardes
Mi caso es el siguiente: quiero adquirir una vivienda, que fue construida en el año 2002. Sin embargo, el promotor no hizo la escritura de finalización de obra.
Para pedir la hipoteca, el banco me dice que no me hipoteca una casa que está "en construcción". Ante esto, el único documento que puedo aportar es el acta de finalización de obra, puesto que la escritura no se hizo ni tampoco la correspondiente inscripción en el registro.
Mi pregunta es... ¿estaría el promotor obligado a hacer dicha escritura? y de no querer hacerla... ¿cuál podría ser su coste y si la puede hacer cualquier persona que no sea el promotor?
Saludos
Y gracias de antemano!
Buenas tardes, nohit, es el promotor/propietario quien tiene que otorgar esa escritura, y si el promotor quiere vender y para ello a ud. sólo le concederán la hipoteca con esa escritura registrada, pues o la firma o pierde la venta, y no creo que estén los tiempos...
Saludos,
Gracias Pomares!
El problema es que a mi me la vende una propietaria que ha vivido en la casa más de diez años... Debe ser que en su día no se necesitó dicha escritura...
Y claro, el promotor ahora se "lava las manos"...
Entonces entiendo que será la propietaria la que debe pagar la escritura ¿no?
Saludos
De nada, nohit, o sea que la propietaria compró una obra nueva en construcción pero ahora le quiere vender una obra nueva finalizada sin que éso conste en el registro... pues, o ella pierde la venta, o que se espabile, como propietaria registrada entiendo que puede otorgar ella la declaración de obra nueva finalizada, aunque le cueste dinero hacerlo para poder vender (confírmelo con la Notaría, en todo caso).
Saludos,
habría que ver qué es eso del "acta de finalización de obra"
si es un documento firmado por un arquitecto en el que indica que se han finalizado las obras de construcción de acuerdo con el proyecto y la licencia, el notario lo aceptará (tendrá que personarse el arquitecto, salvo que el notario reconozca su firma). Y no, no se trata de una nueva escritura, sino la incorporación de ese documento a la escritura de obra nueva (una addenda), que cuesta muy poco dinero.
mi recomendación es que vayan al notario con el acta, y él les dirá.
Buenos días, lo siento pero yo así no lo veo (valga la expresión): el problema es que el banco exige que la finalización de obra esté registrada para conceder la hipoteca, así que deberá tratarse de una nueva escritura, sujeta a AJD, así que el otorgante/sujeto pasivo debería ser quien conste como propietario.
Saludos,
¿ Que significa la frase de Nohit ?, " Para pedir la hipoteca, el banco me dice que no me hipoteca una casa que está "en construcción ".
También dice que en 2002, cuando se terminó la obra, el promotor no hizo escritura de finalización de obra, la pregunta es, ¿ hizo y registró, una escritura de declaración de obra nueva en construcción ?
Si esa escritura existe, en mi opinión, procediendo como indica Veo sería suficiente, puesto que los datos esenciales de la obra deberán constar en la escritura.
Yo entendí que sí, que la obra nueva en construcción está escriturada e inscrita, pero el banco condiciona la hipoteca a que conste en el registro la obra finalizada.
Y, aunque un Notario le aconsejará mejor, no veo cómo inscribir el final de obra con una mera addenda a una escritura anterior (la de en construcción) y que ya pasó por el registro en su día, creo que debería tratarse de una nueva escritura o acta.
Saludos,
Efectivamente, lo que he hecho es decirle a la propietaria que acuda al notario, puesto que creo que a mi, como parte compradora, no me compete dicho trámite.
Como veo que hay dudas, a ver si ahora me explico mejor: cuando el arquitecto terminó la obra en 2002, únicamente firmó el acta de finalización de obra y el promotor no hizo la inscripción correspondiente en el registro como obra nueva o finalizada ni hizo la escritura de finalización.
Por tanto, en el registro aparece como una casa "en contrucción" cuando pido nota simple y el banco dice que una casa en "construcción" no puede hipotecarla.
de eso se trata, de incluir el certificado (supuestamente ese acta) de que las obras se han finalizado
realmente es una nueva escritura, pero no una nueva declaración de obra nueva, sino una declaración de terminación de obras, y es barata
Si se firmo la escritura del acta final de obra anteriormente, solamente tendríais que solicitar una copia autorizada y una simple en la escritura donde se firmara, rellenar el MOD600 de autoliquidacion (es una operación no sujeta, que no paga) y presentarla en la oficina liquidadora y en el registro de la propiedad.
Si no, pues necesitas el certificado final de obra, y hacer la escritura de final de obra, y luego llevar las copia y el MOD600 de autoloquidación (no sujeto) a la oficina liquidadora y luego al registro.
¿Que quien lo pagaría? Difícil respuesta. Quizás el que este mas interesado en que la operación salga. Si queréis que lo pague el promotor, creo que podéis iros olvidando.