No obstante lo rudimentario de ese documento, es un contrato de préstamo válido, que se ha perfeccionado con la entrega del dinero al deudor.
Ya que el plazo de devolución queda a la voluntad del deudor, lo primero que deben hacer es acudir a juicio para que sea el juez quien fije el plazo de devolución, atendiendo a las circunstancias concretas del caso. (Artículo 1.128 Código Civil)
Otra pregunta, mis padres prestaron a una persona 12000,00 € y unicamente tienen un papel firmado por el donde reconoce esa deuda ( no en notario ni nada) pero realmente no se especifica como pagar, solo que de la mejor forma posible ( por dejarle un margen de confianza se puso asi). Este documento es valido para reclamar en un juzgado??a partir de que momento se podria reclamar esos pagos...Pues pasa el tiempo y no hace nada por pagar ni siquiera minimas cantidades
gracias