hola, yo quiero saber si puedo hacer un escrito con un abogado o un escribano, manifestando y dejando asentado que a partir de la feche se re candidato a delegado de mi sector en la empresa que presto servicios? para a si protegerme de un futuro despido por parte de la misma,. espero su respuesta a la brevedad, muchas gracias.
justamente mi pregunta es por el despido por que, tengo un carate muy frontal y soy muy leal a mi palabra, y eso ne les gustan a mis jefes por que se re un molesto en mi rol de delegado, no se si me entiende lo que le estoy diciendo,.
yo intuyo por dónde van los tiros....
he visto caer (ser despedidos) en una empresa a cada uno de los que se iban presentando a delegado, candidatos junto a la mano derecha del jefe, que llevaba siendo delegado no sé los años...y que poco representaba a los trabajadores.
Así como he visto que o andabas espabilado y te informabas, o ni te enterabas de las elecciones hasta el mismo día de las mismas (y eso que tengo entendido que debe publicarse en el tablón).
Qué curioso, durante años fue el único candidato. Qué curioso también, mandaban de vacaciones la semana de las elecciones a personal que no convenía que estuviese ese día, si había más candidatos. No fueran a votar al candidato equivocado...
Desconocía que había empresas que hacían esos chanchullos.
Además de tener que ponerse en el tablón de anuncios, las personas que no estén ese día trabajando, tienen derecho a votar por correo.
¡Nunca hubiera imaginado que pudieran cometerse esos fraudes!
Claro, que, en mi opinión, también es culpa de los trabajadores que lo permiten, porque se puede denunciar las elecciones por irregulares.
hola, me podrian decir si es verdad que para ser candidato a delegado, hay que estar afiliado al gremio por lo menos 2 años como minimo? ya que yo tengo mas de 8 años en la empresa, pero en el gremio tengo 1 año de afiliado, tengo derecho a ser candidato?
Potro6, las garantías de los candidatos/as que se presentan a las elecciones sindicales, en caso de despidos y sanciones, se extiende sólamente a la duración del proceso electoral y hasta que éste se dé por concluido.
Si el empresario despide a un/a trabajador/a por el mero hecho de ser candidato/a, la jurisprudencia ha determinado que es necesario realizar el expediente contradictorio y ha establecido que la opción entre la readmisión o entre la indemnización recae sobre el/la trabajador/a -candidato/a despedido/a y no sobre el empresario (entre otras, STSud 02-12-2005 RJ 2006/515 6380/2003 y STC 23-11-1981 RTC 1981/38).
potro6, éste es un foro de derecho laboral español, no se, es que por su forma de preguntar me da que no es usted español.
Si es una consulta en España decirle que un representante de los trabajadores la notificación a la empresa de que va a participar en las elecciones comienza en el momento que se realiza la lista de candidatos, así que si usted forma parte de una candidatura mientras dure el proceso electoral por el mero hecho de ir usted en una candidatura ya esta protegido, esta protección finaliza en el mismo momento que celebradas las elecciones no sale usted elegido, sin embargo si es usted elegido tendrá la protección mientras dure el mandato.
en cuanto a la segunda cuestión por usted planteada
sobre si tiene que llevar un tiempo afiliado a un gremio en concreto un par de años decirle que en España la norma básica es el Estatuto de los trabajadores y cualquier norma o convenio puede mejorar lo que dice el ET pero nunca ir por debajo de las condiciones de este ni por supuesto contradecirlo.
Bien dicho esto, el art 69 ET sobre quienes pueden ser elegibles dice que podrán ser todos los trabajadores de la empresa en la que se realicen elecciones que tengan 18 años cumplidos y cuenten con una antigüedad en la empresa de, al menos, 6 meses.
Por tanto según esto usted no necesita estar afiliado a ningún sindicato o gremio, es decir puede usted convocar una candidatura que no pertenezca a ningún sindicato y por supuesto no necesita usted estar ningún tiempo afilado a ningún sindicato si así lo desea.
Mi sospecha de que no esta usted hablando de la normativa española es precisamente esa referencia a un gremio en concreto.
SMO.
hola, muchas gracias por sus repuestas, si yo no soy de españa, soy de argentina,. bueno la verdad es que a qui me dijeron que por le menos tengo que tener 2 años de ser afiliado al gremio aot, este gremio es de los textiles a qui en argentina,. pero yo tengo un listado de todos mis compañeros a la cual ellos firmaran para que yo los represente en buena ley, y las elecciones son en octubre para delegado, pero 2 meses antes, re sien podemos presentar la lista, o sea que en agosto la podemos presentar,. bueno disculpe que sea tan molesto con este tema si,. pero necesito de ud para estar bien informado, gracias,.
Claro potro6, pero todo lo que le explicaron los anteriores foreros incluyéndome a mi tb nos hemos basado en la normativa aplicable en España, es por esto que todo lo argumentado a usted no le sirve, (al menos yo desconozco la normativa Argentina), ya me olía yo algo raro.
Liberté, a veces la terminología utilizada me hace sospechar, (ej la palabra gremio) y esta vez anduve listo lo que no quiere decir que tampoco se me pudiera haber escapado el detalle.
Un saludo.