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Escrito de oposición sin firmar.

2 Comentarios
 
Escrito de oposición sin firmar.
25/01/2008 12:38
Hola caracola:

Un demandante en un monitorio ha recibido escrito de oposición a su demanda, sin firma de Abog ni de Proc.

¿No es un error?
Gracias.
25/01/2008 22:26
Según el art. 818 LEC "El escrito de oposición deberá ir firmado por abogado y procurador cuando su intervención furere necesaria por razón de la cuantía, según las normas generales."
Si la demanda es por cantidad inferior a 900€ no necesitará firma de abogado ni procurador.
Es mi modesta opinión, solo soy un aspirante a funcionario de justicia, espero que alguien más entrado en materia te responda.
26/01/2008 05:39
...y dice "solo"...¡como si fuera poco!
Eres grande...gracias.
Saludos.