No creo dar muchas pistas, porque se trata de un juicio oral, pero previamente se celebró un Juicio Rápido, por lo que todo quedó más o menos dicho en aquel momento.
Lo de pillar en "bragas" al Fiscal no creo que se tercie: Más o menos ya sé por donde van los tiros y el Fiscal igual...El detenido reconoció ante el Juez parte de los hechos y si no se llegó a una conformidad allí mismo fue por no aceptar una serie de daños que el denunciante se sacó de la manga...
Así que todo el mundo está bastante informado de todo...Lo de pillarnos en "bragas" los unos a los otros va a ser bastante difícil, cuando no imposible...
Pero gracias a todos por aportar vuestros puntos de vista ;)
No estoy de acuerdo con lo que dice Alge y con lo que ha hecho finalmente Indigo.
Es cierto que existe la creencia generalizada de que si un escrito de defensa se limita a " negar el correlativo" el abogado obra con desidia, pero sin embargo, yo creo que una buena defensa empieza por no explicar cuales son los motivos de tu defensa, pues si los explicas con lujo de detalles, cuando sea el juicio todo el mundo los conoce, y los Fiscales pueden llevar muy preparado el ataque contra esa defensa.
En cambio, si tienes un buen argumento de defensa, has de mantenerlo oculto hasta el juicio, ya que los propios Fiscales, normalmente se miran muy por encima los temas ( porque tiene muchos cada día), y los puedes pillar sin saber cómo enfocar la acusación.
Incluso, si tienes testigos que tú mismo puedes llevar o documentos nuevos de relevancia, no se deben proponer como prueba en el escrito de defensa, siendo mejor proponerlos con carácter previo en el mismo acto del juicio, con lo cual, vuelves a pillar al Fiscal " en bragas".
A pesar de que muchos compañeros me han aconsejado lo de la fórmula comunmente utilizada de negarlo todo...Me he arriesgado y esta misma mañana mi procuradora a metido escrito de defensa como creo yo que debe de ser un escrito de esta naturaleza...
Espero no haber dado demasiadas pistas como decis. De todos modos, no creo descubrir nada del otro mundo...
Ya os contaré que tal va el tema.
No hombre no. Cuando se hace el escrito de calificación se deben fijar lo más claro posible los hechos de la defensa. La fórmula disconformes con el ministerio Fiscal sólo indica una desidia en el trabajo utiliznado el sistema de negar lisa y llanamente. Cuando ya hay algo aceptado anteriormente hay que tenerlo en cuenta a la hora de la defensa y del escrito de calificaciones, sino te puedes encontrar con sorpresas en la Setencia.
En el escrito de defensa, ¿siempre se utiliza la fórmula"disconforme con el correlativo del Ministerio Fiscal"?
¿Aunque en una vista celebrada con anterioridad el acusado reconociera parte de los hechos?