Si ya te ha llegado el aviso de via ejecutiva, no cabe recurrir en reposicion. Las notificaciones supongo que tambien te llegaron (supongo que te notificaron en el acto, mediante boletin) ya que sabes que la denuncia es del 25 de septiembre.
El problema esta en que presentaste alegaciones el 17 de Octubre, o sea, fuera de plazo, ya que el plazo para presentarlas en sanciones de trafico es de 20 dias, y tu las presentaste a los 22 dias, supongo que por ello el instructor no las tuvo en cuenta y el procedimiento se ha tramitado por el art 81.5 LSV, con lo cual, repito, recurso de reposicion no cabe, todo lo mas, extraordinario de revision
Debemos entender que tu escrito lo has presentado adecuadamente y que tiene el correspondiente sello del registro correspondiente o de correos.
Si es así, tendrás que acceder al expediente y comprobar dónde han realizado las notificaciones y por qué no te han llegado.
Igualmente, y si procediese, si te han notificado a través del tablón de edictos y de boletín oficial que corresponda.
Si algo de lo anterior no está bien, debe atacar eso.
Se puede recurrir en reposición porque uno de los motivos para recurrir una providencia de apremio es la falta de notificación en voluntaria (en este caso de la multa).
Muy buenas, tengo una dudad referente a una denuncia de tráfico que me ha sido impuesta. Bien, resulta que fuí denunciado el 25 de septiembre de 2012, realizando y enviándo el correspondiente Escrito de Alegaciones el 17 de octubre del mimso año, no recibiendo contestación alguna por parte de la Administración, hasta hace apenas unos días en el que me viene una Providencia de Apremio y claro, con su correspondiente recargo. No veo calro lo del Silencio Administrativo en este asunto. ¿Cómo se puede recurir esta situación?