La empresa donde trabajo desde hace 11 años se va a reestructurar creando dos nuevas empresas con los trabajadores de sus dos ramas de actividad. La empresa "matriz" únicamente mantendrá a los empleados del dpto de administración, mantiene el CIF y cambia su denominación y objeto social. Se ha comunicado a los representantes de los trabajadores que los empleados que pasarán a las nuevas empresas deberán firmar nuevos contratos y se mantendrán los sueldos, categoría y antigüedad; de lo contrato serán "baja voluntaria". Los nuevos contratos, mantendrán la indemización de 45 días ó por realizarse con la ley vigente serán de 22 días? Me han comentado que no sería necesario firmar nuevos contratos, sino el "recibí" del cambio de empresa ¿nos podemos negar a firmar los nuevos contratos?