Hola, Mi marido es español y llevo 3 años casada con el, tengo tarjeta comunitaria, pero tengo muchas dudas sobre esa tarjeta ya que mi marido aveces me dice que si nos divorciamos me quitan la tarjeta y me echan del pais, que no puedo viajar sin su permiso y tampoco trabajar, ahora me quiero hacer un viaje y el no esta de acuerdo y me dice que si estoy fuera de españa y el no quiere que vuelva no me dejaran entrar? es verdad eso? me parece un poco absurdo, no se, aver si alguien me puede aclarar algo, muchas gracias
Jaklin, eso que le dice su marido no es cierto. Usted,como cónyuge de ciudadano comunitario, tiene derecho a residir, trabajar y salir del país por su cuenta, sin necesitar ni mucho menos una autorización de su esposo, aquellos tiempos ya pasaron, afortunadamente.
Lo único que tiene que tener en cuenta es que si sale de España, no puede permanecer fuera del territorio español más de 6 meses por año, ya que sería causa de extinción de su tarjeta.
Por otro lado, en relación con el divorcio que pudiera darse, habría que ver si al menos un año de los 3 que lleva casada con su marido ha transcurrido en España (lo que deduzco que ha sido así), y si es así, llevando 3 años casada con él, entra dentro de la posibilidad de conservar su derecho de residencia pese al divorcio.
Hola. Completamente de acuerdo con cdm. Solo decir que usted, al estar casada con un español, puede ya solicitar la nacionalidad española por residencia (basta un año de residencia en este caso). Si tiene interés en adquirir la nacionalidad española, inicie las gestiones pronto, porque el procedimiento es lento, demora alrededor de dos años.
Y tenga presente que, en cuanto cumpla 5 años como residente y le corresponda renovar, habrá adquirido el derecho a residir con carácter permanente, con lo que la nueva tarjeta que le darán hará mención a este particular y tendrá una validez de 10 años.
Si usted se divorcia de su marido teniendo ya derecho a residir con carácter permanente, la modificación a régimen general será más sencilla todavía, porque, aunque tenga que seguir todo el procedimiento establecido para ello en el plazo de seis meses luego del divorcio, simplemente le darán una tarjeta de residencia de larga duración, como la que tienen las personas de régimen general que han adquirido el derecho a vivir permanentemente en España.
Usted puede viajar libremente, solo que, como dice cdm, en efecto, no puede estar más de 6 meses fuera de España.
Puede viajar por el resto de países del Espacio Schengen sin problemas, solo con su pasaporte y su tarjeta de residencia, pero solo puede permanecer en ellos hasta 3 meses. Si quiere viajar al Reino Unido e Irlanda, solo tenga presente su nacionalidad, porque esos países, aunque son miembros de la Unión Europea, no son parte del Espacio Schengen y mantienen sus propias normas para el cruce de fronteras, de modo que si usted por su nacionalidad necesitase visado, debe tramitarlo previamente, no le sirve el ser titular de un permiso de residencia en España.
Hola, muchisimas gracias por toda esa información que verdaderamente me aclaro muchisimas cosas, yo tengo la intención de estar fuera de españa un mes o dos meses, pero el problema es que mi marido no esta de acuerdo dice que una semana es suficiente para ver a mi familia, y me amenazo de una cosa que no entiendo bien que es el abandono del hogar, que si la policia viene a mi casa y yo no estoy quiere decir que abandone el hogar, bueno, es un rollo todo esto, lo que pasa es que los españoles casados con extranjeros tienen una cierta desconfianza por todos los casos que hay, yo lo entiendo perfercamente pero es que no todos los extranjeros somos iguales y eso cansa un poco, aclarenmi lo del abandono del hogar por favor, mil gracias
El abandono del hogar en sí ya no existe,era una causa de divorcio antes,pero ya no. Lo que sí existe es el delito de abandono de familia,menores e incapaces, y va referido a la dejación de las obligaciones alimenticias. El artículo dice: "El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses".
Hola cdm, Gracias, me estas aclarando muchisimas cosas, si me puedes explicar como va el proceso del divocio, si por ejemplo el se quiere divorciar y yo no, si tarda mucho el proceso, que derechos tengo yo, ya que no tenemos hijos, llevamos 3 años conviviendo, tengo la tarjeta comunitaria de 5 años, se caduca en dos años, gracias de nuevo
Bueno,eso llegado el momento de que se produzca el divorcio tendrias que acudir a un abogado para que le pudiera aconsejar a la vista de toda la información,pero en general,te cuento que el divorcio se puede solicitar por uno solo de los cónyuges. La duración del proceso no la sé concretamente,me imagino que varios meses. Tus derechos no habiendo hijos dependen de muchas circunstancias,sobre todo económicas,pero lo mejor es que acudas a un abogado con todos esos datos si finalmente surge el divorcio,un saludo