Un ayuntamiento abre un proceso de adjudicación de viviendas sociales, total 5 viviendas
Tres viviendas se encuentran en un edificio.
2 de ellas en otros edificios.
Si a un sujeto que vive en el edificio que van a dar 3 viviendas sociales (este edificio es de protección oficial y los vecinos pagan un canon de 325 aproximadamente) y las viviendas que se están quedando vacías las están cambiando jurídicamente a viviendas sociales.
Bien, el sujeto solicita una vivienda social porque no puede pagar la suya y carece de recursos económicos en la actualidad.
El ayuntamiento debería proteger a esta familia y adjudicarle una vivienda diferente al edificio que está viviendo para proteger su honor e intimidad?
Es decir, no adjudicarle una vivienda de esas tres que han cambiado jurídicamente a viviendas sociales y ofrecerle la alternativa de adjudicarle una de las dos que no se encuentran en el mismo edificio? Debería ser así para proteger su confidencialidad y secreto ? Consideramos que es un acto violento para la familia ya que se tiene que exponer a sus vecinos de más de 5 años y que ellos puedan saber que tienen dificultades económicas y están en una situación de vulnerabilidad y que eso es muy personal.
Hay información del mismo ayuntamiento que todas las viviendas de el edificio X en el que vive el sujeto una vez que se queden vacías van a ser para personar sin recursos ! Entonces hasta sus amigos y familiares que se enteren que han cambiado de piso en el mismo edificio se van a enterar que son para personas con una situación de vulnerabilidad exclusión social ya que no todo el mundo entra en esas viviendas porque necesitan tener unos requisitos de gravedad económica y socia
Al ser un acto administrativo del Ayuntamiento esta cuestión no es Derecho Penal. Deberá plantearla en un Foro de Derecho Administrativo para que le aconsejen que proceder seguir. Un saludo.