inexcusable de carácter público y personal? ¿Puede ser considerado así o no?
Contexto: La Administración A ofrece a un interino contratado en otra Administración B un puesto de trabajo por figurar en sus listas de empleo. Si el interino contratado rechaza esa oferta, pierde el derecho de continuar en esas listas. Para aceptar esa oferta debería abandonar obligatoriamente su actual contrato.
En la normativa de la Administración A, como causa válida de rechazo de ofrecimiento de contrato, se recoge, entre otras causas, el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
Así pues, ¿podría acogerse este empleado a que su contrato vigente con la Administración B es un deber de carácter público y personal con la finalidad de permanecer en las listas de A?
Por favor, sólo respuestas razonadas y fundamentadas.
Muchas gracias.