Desde mi ignorancia, no es posible que el juez dicte un auto de archivo por desconocimiento de los autores y que en él califique los hechos como delictivos? Aunque claro, eso puede eternizarse.
Normalmente se suele poner un auto de sobreseimiento provisional de formulario puro y duro, sin hacer ninguna referencia a los hechos... tan sólo haciendo referencia a la incoación de las diligencias y a la inexistencia de autor conocido. De todas formas, aunque se marcara el detalle de poner que las diligencias se incoan por un presunto delito de robo, no tendría ninguna validez. Seguramente se ceñiría a poner el tipo que haya venido indicado por el atestado policial.
Me he fijado y en la denuncia no pone si la consideran robo .o hurto.
Si voy a la policia y les digo que me digan como lo consideran, ¿me harian un anexo a la denuncia?
y si dicen que es robo todo quedaria aclarado.
En Cataluña, el programa policial que se utiliza, casi que obliga a calificar los hechos, de tal modo que llega un momento que al introducir los datos se pone el presunto delito que se imputa (lo pide el programa). En las diligencias que hicieron los mossos sin duda habrán calificado ellos (provisionalmente, claro) como robo o hurto. Acércate, habla con el jefe que haya en la oficina de denuncias, exponle el caso y que te diga cómo lo calificaron y si lo hicieron como hurto, que no deberían, pide que hagan una ampliación de diligencias que dudo que hagan, pero por intentarlo... Lleva datos para avatar tu requerimiento y sobre todo explícale cuál es el motivo y que una calificación errónea de hurto te perjudica.
Yo lo que haría sería presentarme en la comisaría y hacer una ampliación de la denuncia, calificando directamente el hecho como robo con intimidación avalando esa afirmación con que la víctima se sintió gravemente intimidada ante la aptitud de los chorizos irrumpiendo a las bravas en el local. Incide en lo de la intimidación sin agresión.
A lo mejor tienes suerte y detienen a los autores y entonces seguro que le aplican lo más grave, robo con intimidación.
Suerte
Lamentablemente para tus intereses, tiene razon la compañía de seguros: no existe llave falsa cuando el autor la coge en el lugar de los hechos y en la misma acción abre con ella la caja
Rofi de Tojas, Hay jurisprudencia del tribunal supremo
la llave original utilizada sin permiso del propietario se considera llave falsa,Sala II de lo penal Sentencia 1313/2001 de 25/06
Si la llave estaba al lado de la caja registradora veo difícil de defender el robo con fuerza. Sigo en mi opinión de que debes atacar por el lado del robo con intimidación.
No es una caja registradora, se metieron en el cuarto donde tengo la caja fuerte y cojieron la llave que habre la caja fuerte. la llave no estaba a la vista estaba escondida en un lugar que solo se yo, mejor dicho solo yo sabia
y habrieron la caja fuerte.
Hola, te adelando que soy estudiante (de Derecho), para que no des más importancia a lo que digo de la que tiene. De todas formas te doy mi opinión, que va en relación con lo que ya te han dicho.
A mí tampoco me cabe duda de que es robo con fuerza, aunque la violencia o intimidación ya es más discutible. Robo con fuerza es segura si ocurrió todo tal como dices. Hay robo con fuerza si se usa llave falsa, a su vez es llave falsa la perdida por su legítimo titular o la conseguida por medio constitutivo de infracción penal. ¿Para entrar en tu negocio rompieron algún cristal, ventana, la puerta...? Desde ese mismo momento ya habría robo con fuerza, si hubieran decidido acceder para llevarse la caja y abrirla en otro lugar (sin la llave), si cogen la llave (que tú tenías guardada en algún lugar del establecimiento) también hay robo con fuerza, sin duda.
Violencia o intimidación parece que no hay, porque tiene que ser contra una persona, y en este caso en tu negocio no había nadie. Si rompieron la puerta, ventana o algo así es simplemente un elemento del robo con fuerza. El robo con fuerza se castiga con menos gravedad que el robo con violencia o intimidación, pero a efectos de la responsabilidad civil (indemnización) de la que tiene que hacerse cargo la compañía de seguros CREO que no es trascendente.
Lo importante es que hayas denunciado. Si tu compañía de seguros se niega a hacerse responsable de la cantidad robada ya pondrá el juez las cartas boca arriba. Me imagino que el proceso será lento y problemático, pero creo que no me equivoco al decirte que puedes esperar una sentencia que condene a esos individuos por robo con fuerza (si la policía los llega a detener) y sobre todo, lo que supongo que es más importante para ti, que obligue a la compañía de seguros a cubrirte el daño provocado.
Si he dicho alguna barbaridad o imprecisión, que me corrija algún profesional.
David, en el segundo posteado de jumajjuma explica que "cundo la verdad que si que estaban asustadas sobre todo la cajera que veia al de fuera y al que salto.", por lo tanto sí que había empleados y desde luego según mi parecer sí que se debieron sentir intimidadados. ROBO CON INTIMIDACIÓN DE LIBRO.
Lo que no veo tan claro es que se considere robo con llave falsa al estar esa llave próxima a la caja.
Iliontroyano, yo también lo he leído y aun así no me queda claro si había empleados presentes, ni si era de noche, ni si el establecimiento estaba abierto o cerrado, ni si había alguien contratado para vigilar (guarda jurado), nada de eso se deduce claramente de la explicación de este hombre. A ver si lo puede aclarar.
Eso sí, intimidación, por lo pronto, no es lo que tú dices. Que alguien esté asustado porque tú estás robando no significa que haya intimidación, coloquialmente hablando sí, pero no en términos jurídico-penales. El tipo de intimidación exige que el ladrón desarrolle una conducta idónea para doblegar la voluntad de la víctima y que el autor intimide a su vez con la finalidad de ejecutar convenientemente el delito. Intimidación sería por ejemplo "como llames a la policía te clavo este cuchillo en el cuello", y quien dice un cuchillo dice un destornillador o cualquier herramienta que dándole un uso violento entrañe peligro para la otra persona y le impida actuar conforme a su voluntad.
Yo insisto en que no se duduce por lo que él ha dicho que haya violencia o intimidación. Sin embargo la fuerza en las cosas sí que es de libro, y por llave falsa. Lo determinante es fuerza en las cosas para acceder al lugar donde se encuentra la cosa que se va a robar, y en efecto usa llave falsa para acceder a la caja, que es el lugar donde está lo que roba, que es el dinero (los 4000 euros). Es llave falsa porque la definición de este concepto es: llave legítima obtenida por un medio que constituya infracción penal (el hurto no cabe duda de que es infracción penal, en sentido amplio de delito y falta, y que la sustracción de la llave es hurto).
kapitan, yo tambien pienso que puede haber algo mas
David90, Los chorizos no dijeron nada a las chicas
pero el ver a esa clase de gente, saltando , vigilando la puerta y uno que desparece, estaba abierto y no hay guarda de seguridad