CAPÍTULO I.
DE LA PREVARICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y OTROS COMPORTAMIENTOS INJUSTOS.
Artículo 404.
A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.
Artículo 405.
A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Artículo 406.
La misma pena de multa se impondrá a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesión mencionada en el artículo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles.
hola, necesitaria saber si se puede hablar de delito de prevaricacion cuando un ayuntamiento publica ofertas de trabajo y estas plazas son otorgadas a familiares del alcalde y a regidores del propio ayuntamiento o cuando un alcalde utiliza la web del ayuntamiento para promocionar el alquiler de sus apartamentos, entre otras cosas.... De ser esto un delito por prevaricacion, ¿cual sería la manera correcta de denunciarlo? ¿donde puedo dirigirme?
Muchas Gracias de antemano