La situación de estancia no habilita para trabajar, por lo tanto si recibe una propuesta de trabajo, tendría que regresar a su país para solicitar personalmente en el Consulado de Españos el visado de residencia y trabajo.
La autorización de trabajo la tiene que presentar el empleador en España, con la siguiente documentación:Copia del pasaporte en vigor del trabajador extranjero, tres fotografías recientes tamaño carné, DNI o CIF del empresario, contrato de trabajo u oferta de empleo en modelo oficial, y certificado de los servicios públicos de empleo de la gestión de la oferta presentada a no ser que se necuentre en el catálogo de puestos de difícil cobertura. El plazo para resolver es de tres meses, transcurridos los cuales se entiende desestimada la solicitud, aunque en la práctica suelen tardar más.
una amiga mía se encuentra en españa con una prorroga de estancia que le cumple en marzo. Si hasta que le cumpla la prórroga encuentra un trabajo (se me ocurre que alguien la contrate para servicio doméstico) puede seguir residiendo en españa?
Que pasos tiene que seguir en cuanto documentación a presentar y cuanto le tarda aproximadamente?