De lo que ha escrito se puede entender lo siguiente:
1.- Es titular de una tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión (es la única que se expide con una validez de 10 años).
2.- Ha permanecido fuera de España por 22 meses consecutivos.
A) Si es titular de una tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, significa que adquirió el derecho de residencia permanente en régimen comunitario. Una vez adquirido tal derecho de residencia permanente, ya es indiferente si continúa o no vigente el vínculo familiar que le dio el derecho de residencia en España en régimen comunitario (matrimonio, pareja de hecho registrada o pareja estable) y asimismo, es indiferente si cuenta o no con contrato de trabajo o recursos económicos propios suficientes.
El derecho de residencia permanente en régimen comunitario, una vez adquirido, tiene carácter indefinido y lo único que se debe renovar cada 10 años es la tarjeta de identidad de extranjero (el carné de plástico que documenta la calidad de residente permanente en régimen comunitario).
B) La renovación de la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión se lleva a cabo en las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía.
C) En el caso de las personas residentes permanentes en régimen comunitario, la ausencia de España por períodos de hasta dos años no afecta al derecho de residencia permanente adquirido.