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¿Es posible perseguir mentiras en internet por el art 561?

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¿es posible perseguir mentiras en internet por el art 561?
11/04/2020 00:43
Últimamente se comenta la posibilidad de perseguir los bulos en la prensa o Internet (parece que alguno a llegado a la Fiscalía). Al margen de que sea algo bueno o malo, me gustaría saber cómo de factible lo veis:

"Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses."

Por tomar un ejemplo, asumamos que una persona empieza a publicar por internet la mentira "ha caído un meteorito en Sevilla y han muerto 500 personas" y consigue mucha visibilidad pero no hay ninguna movilización de servicios de emergencia. ¿Es imaginable o razonable que un juez ignorase la frase "y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento" y considere la conducta como tipificable? No tengo claro como de literales han de ser sus interpretaciones. De no ser así, ¿tal vez solo tentativa (alguien podría llamar a los bomberos)? Si la persona actuaba de buena fe, creo que solo habría dolo eventual. No sé que tal se lleva el dolo eventual con la tentativa fuera del homicidio.

¿Qué argumentos daríais como juez, abogado o fiscal?

Si os parece que no es condenable de ningún modo, podemos platearnos una mentira más extrema diciendo que se a producido un golpe de estado y la policía está disparando a cualquier persona que salga a la calle.