Hola,
he relatado en algún post anterior que me enteré que mi mujer había presentado demanda de divorcio contencioso, en un juzgado de violencia de género cuando me juzgaban para dictaminar si procedía o no orden de alejamiento.
En las medidas provisionales le concedieron prácticamente todo lo que pedía. Custodia mono parental, domicilio familiar (de mi propiedad exclusiva), pensión de manutención, y a mí un régimen de visitas sin pernocta.
Como la ambición de mi mujer y su abogado no tiene límite; además pide una pensión compensatoria alegando una serie de mentiras que la hagan alcanzar otra de las mieles y albricias de las que provee nuestra “justa” LVG
Recordaros que en las medidas provisionales nunca se acuerdan pensiones compensatorias solo en la vista del juicio principal.
Bien, mi joven mujer con la que llevo casado 8 años alega que es pobre y no tiene dinero en sus cuentas (como es muy lista las ha vaciado y entregando el dinero a sus padres), alega que no tiene formación, alega que no ha trabajado porque yo se lo he impedido, además (esta es la única parte cierta) alega que se ha dedicado al menor desde que nació, ¡faltaría más!!
Lo que no dice es que desde que se quedó embarazada no ha tenido ninguna intención de volver a emplearse porque salía más rentable y cómodo asesorarse y seguir un plan . . . . . . . . . . . . . . .prefabricando y consiguiendo pruebas que le sirviesen para la obtención de la custodia exclusiva de nuestra hija y así aprovecharse en lo que la justicia estime oportuno de su marido que soy yo.
Yo la he desenmascarado en mi contestación a su demanda, ha tenido que aportar su título universitario, los certificados de la renta donde figuran unos ingresos creo yo razonables para no tener sus cuentas vacías. He aportado su perfil de LinkedIn donde afirma haber trabajado para varias multinacionales y hablar 4 idiomas correctamente
Y Además tiene 30 años . . . . . . . .COMO VEÍS es una JASP
Mi pregunta es, ¿deberé también pagarle una pensión compensatoria?
. . . .se me olvidaba nuestro bebé tiene un año y medio únicamente y además tenemos separación de bienes (por si costaba entender el tema de declarar que no tiene dinero en sus cuentas) . . . ..
De nuevo pregunto ¿deberé también pagarle una pensión compensatoria ?
si la respuesta es que sí, definitivamente este país no tiene solución, y lo que se incentiva es a no trabajar, una sencilla cuenta -pensión de manutención que le pago 450 eur 425 de subsidio por persona a su cargo (lo cobran las personas que anteriormente han trabajado y agotan el paro y tienen una persona a su cargo en este caso nuestra hija, durante dos años) pensión compensatoria ( X) no paga alquiler porque la casa la compré yo en separación de bienes no paga comunidad ni calefacción (lo sigo pagando yo ya que de eso no dice nada el auto de medidas provisionales :( . . . . . . . . a mi me han echado a la calle el mismo día que salió el auto . . . . . .
Si al menos pudiera pasar mas de tres horas seguidas con mi bebé (olvidaba decir que es lactante y la leche materna no se puede sacar o guardar en el frigorífico ) sin vagar por mi antiguo barrio, guareciéndome de la lluvia y sintiéndome como un desgraciado por no saber donde ir con mi nena y siempre con el reloj en la mano para no llegar tarde . . . . . .
Hola, imagino que es un tema delicado y por eso nadie responde,
me responderé a mi mismo, ...yo quiero pensar que no se la deberían dar por lo joven y sobradamente preparada que esta mi ex, además solo ha estado sin trabajar poco después de quedarse embarazada (el bebé tiene ahora un año y medio) y entiendo que el desequilibrio económico en relación con la posición del otro cónyuge (lo que dice la ley para concederla) aunque se produce porque ella no trabaja, es una situación muy puntual porque como he dicho trabajó y cobro desempleo hasta dar a luz, . . .
El otro requisito es que económicamente su situación haya empeorado respecto a la que tenía durante el matrimonio?
pues no sé que decir, ella trabajaba y ahora no claro que su situación empeora, . . . . pero digo yo !!! que se ponga a trabajar!! claro se tiene que ocupar de la niña!!! pues que no se oponga a una custodia compartida!!
y así la pescadilla que se muerde la cola . . . . como no !! pensión de manutención !! piso pagado!!
Alguna solución tiene que haber a todo esto!!
Por favor algún punto de vista un poco elaborado que al menos me de fuerza moral para pensar que estoy en lo cierto o que soy un egoista porque por ahora no entro por el aro que me están trenzado. . . . . .
Buenas tardes Prometeoo. Usted pregunta si es posible que el juez conceda para su joven "aunque sobradamente preparada esposa" una pensión compensatoria y debo contestarle que habida cuenta que su esposa actualmente no tiene trabajo y está cuidando de un bebé, que seguramente se le concederá.
La ley fija unos criterios para fijar o no la pensión compesatoria y así se habrá de valorar, entre otros, la edad, el estado de salud, la cualificación profesional, la dedicación a la familia, la colaboración con su trabajo en las actividades profesionales del otro cónyuge, la duración del matrimonio, el caudal y los medios económicos de los cónyuges e incluso el régimen económico del matrimonio. Hace mención a todos esos aspectos en su post pero no alude a su propia capacidad económica y al nivel de vida que han llevado hasta el momento de la ruptura. No es lo mismo que usted sea el propietario de una única vivienda, la famiiar, la cual se atribuya al menor y a su madre, por lo que usted habrá de buscar casa de alquiler, que el hecho de que ud. tenga varios inmuebles. No es lo mismo que durante esos ocho años de matrimonio hayan efectuado algún viaje de de fin de semana por España que cada periodo vacacional hayan salido de viaje una o dos semanas al extranjero.
Debe tener en cuenta que la finalidad de la pensión compensatoria no consiste en igualar los patrimonios de las partes, pero sí en corregir el posible desequilibrio económico que pueda existir con motivo del divorcio. Por tanto, si su esposa prueba que ha sufrido un empeoramiento en su situación económica en relación con la que disfrutaba constante el matrimonio y en relación a la posición que usted va a disfrutar, el Juzgado podría acordar una pensión compensatoria a favor de ella, pero dada su cualificación profesional y su edad, 30 años, lo lógico sería que dicha pensión se limitara temporalmente en 1 o 2 años a lo sumo.
Por otro lado, también debe tener en cuenta el Juzgado que el matrimonio en nada ha impedido la formación profesional ni el acceso al mercado laboral de su esposa.
Muchas gracias por alumbrarme Schezlaf,
es cierto que no había aclarado cual es mi situación económica, cobro 2.200 eur/mes netos y 2 pagas extras de 1.500euros.
Solo tenemos el hogar familiar (privativo mío) que ha sido asignado a mi hija y por tanto a la madre como custodia que es en las medidas provisionales, el bebé tiene algo más de un año y medio y su madre se ocupa de que sea un magnífico lactante.
Pensión de manutención de 450eur/mes
Ella nunca ha colaborado en mis actividades porque trabajó por cuenta ajena hasta su embarazo, y yo por supuesto tendré que buscar una vivienda -mientras tanto estoy con mis padres que me han acogido temporalmente.-
Ella alega no tener a su familia cerca para ayudarla.
Nuestro nivel de vida desgraciadamente no ha sido para tirar cohetes, apenas hemos viajado los fines de semana, “nuestro plan” era con todo el dinero que yo había ahorrado durante 18 años de trabajo comprar nuestro hogar y la dedicación del dinero que yo iba ganando la dediqué al mismo preparándonos para la llegada del bebé.
Los dos años anteriores a la llegada del bebé yo estuve trabajando fuera del país porque aquí en España había agotado el paro y no encontraba nada, así que apenas tuve contacto con mi esposa, menos aún para viajar o disfrutar, todo lo dedicaba al hogar.
Al quedarse embarazada regresé para ayudarla y terminar el acondicionamiento de nuestro hogar.
El dinero que ganaba ella no se dedicó en absoluto a ese acondicionamiento del hogar solo a su ahorro, aunque ahora certifica no tener dinero en sus cuentas.
Por eso pedí de oficio sus declaraciones de los últimos 4 años (su salario siempre fue de mil eurista)
Ella solicita esa pensión compensatoria "porque ella lo vale" no porque disfrutásemos de un nivel de vida aparte de una economía bastante estricta por lo que he contado.
¿Cómo lo usted ahora Schezlaf?
Una última pregunta, influirá en algo las mentidas vertidas en la demanda en cuanto a su escasa cualificación (se ha demostrado que miente al ser adjuntado de oficio su título universitario y su magnífico CV), . . . .y sus mentiras en cuanto a su falta de dinero (se han aportado sus certificados de la renta ) ???
Un cordial saludo y gracias a todos por opinar
Como te ha dicho Schezlaf, seguramente le concedan la pensión comensatoria, por este motivo es muy importante que en tu demanda/contrademanda, pidas que, si se la conceden, la limiten en el tiempo. Si tiene estudios y, antes del embarazo, trabajaba sin problemas, entiendo que un año de pensión compensatoria es suficiente. Yo pediría 1 año como límite (siempre puede ser que el juez le conceda más, tu pide un límite de tiempo bajo).
Tema piso, en tu demanda/contrademanda, pide que el uso del piso por parte de la custodia (en el caso de que ella sea la custodia hasta la mayoría de edad de la hija) se limite a los 18 años de edad de vuestra hija.
Tienes pensado pedir la compartida? Porque ahora es lactante pero dejará de serlo. Siempre puedes pedir un régimen de visitas que se vaya ampliando con los años y termine en compartida (conozco convenios donde se ha hecho). Teniendo en cuenta que ahora tiene menos de 2 años, podrías poner a partir de los 2 años, dos/tres tardes a la semana contigo (de la salida guardería hasta las 20h) y fin de semana (con 1 noche de pernocta, de sábado a domingo); a partir de los 2.5 años, lo mismo pero el fin de semana con 2 noches de pernocta (de viernes a domingo); a partir de los 3 años, las dos tardes pasan a ser con pernocta la semana que a ti no te toca el fin de semana. Y a partir de los 4 o 5 años, compartida (semanas alternas o por días, como quieras).
Puede que si ella ve los dientes al lobo (limitar pensión compensatoria, uso del piso, y compartido), cambie su actitud.... No sé.....
No sé por qué "faltaría más" que se haya encargado ella del menor, ni tiene nada que ver la LVG con la pensión compensatoria. Tú dirás que ella es la malvada y las leyes en este país protegen a nosequién, pero como entenderás es tu versión y no sabemos la de ella, ni si la demanda contenciosa de divorcio tiene justificación el haber sido presentada de esta forma, así como la orden de alejamiento. El juez lo dirá.
Podría tener derecho a pensión compensatoria limitada en el tiempo si es joven, dependerá de lo que se pueda demostrar de lo que dices sobre su capacidad de trabajar, pero que tenga familia cercana o no da exactamente igual, así como que tenga que ocuparse del menor de aquí en adelante (para eso está la pensión por alimentos), se tendrá en cuenta si ha dejado de trabajar para el cuidado del hogar hasta antes de la solicitud de divorcio, habiéndole causado o no este hecho un perjuicio en su carrera profesional, y no a lo que se dedique o no después o lo que haya hecho con su dinero, que según entiendo estaréis en separación de bienes y es suyo, y puede hacer lo que quiera y tampoco tendría correlación con la pensión compensatoria. Y entiendo que es así muy justamente, además.
Buen día Prometeoo. El relato que hace usted en su último post es más esclarecedor que los anteriores y mucho más beneficioso para sus pretensiones que enfoque la situación desde un punto de vista positivo, haciendo ver al Juzgador todo lo que ha hecho por el matrimonio y por el bebé (como dejar su trabajo en el extranjero al enterarse del embarazo de su esposa), que desde un punto de vista negativo descalificándola, lo que no quita para que si ha faltado a la verdad en su demanda, despliegue toda la actividad probatoria para demostrarlo y pedirle explicaciónes por tal motivo en el acto de la vista. En este punto, debe tener en cuenta que si el gabinete psicosocial, si se ha pedido su intervención, el Ministerio Fiscal o el Juzgador entiende que la pésima relación entre los progenitores puede perjudicar al menor y a su desarrollo emocional, será un importante obstáculo para la concesión de la custodia compartida. Debe intentar acreditar que el conflicto existente con su esposa se ciñe exclusivamente al hecho del divorcio y a su negativa a aceptar una custodia compartida, pero que su relación siempre ha sido y será buena y respetuosa.
El hecho de que usted cuente con el apoyo de sus padres, y su esposa haya puesto de relieve en el procedimiento que no cuenta con su familia para ayudarla, es un punto a su favor. Además, usted debe acreditar que su horario laboral es perfectamente compatible para conciliar su vida laboral con el cuidado y educación de su hija y que dicha custodia compartida va a favorecer el acceso al mercado laboral de su mujer.
El hecho de que ella no tenga trabajo y pueda dedicarse plenamente a la hija no debe ser obstáculo para obtener la custodia compartida, aunque a la vista de esa diferente capacidad económica lo lógico es que se le establezca la obligación de abonar alguna cantidad en concepto de pensión de alimentos.
Buenos días,
Todos vuestros comentarios son muy esclarecedores,
Manifiesto que al igual que la madre ha demostrado que se ocupaba de nuestra hija también yo he tratado de hacerlo, por ejemplo, aportando un certificado del pediatra donde hace constar las veces que la he acompañado que han sido más de la mitad.
Además, he estado viviendo con ellas hasta el último día para ayudar y vincularme más al menor. Estoy luchando por ella desde que ayudé a su madre en el parto a traerla a este mundo.
¿Si yo trabajo y además estoy demostrando que me ocupo de mi hija desde que nació no es correcto decir que “faltaría más”!! que ella no trabajando se ocupe del bebé paquito xocolatero? Paquito estimo tus comentarios, pero no hay ninguna orden de alejamiento, creo que no me has leído bien o yo me expreso mal, el juez no decretó medidas cautelares.
Annanoclau, gracias por tu ayuda, mi abogado en la respuesta de la demanda de divorcio ha pedido custodia compartida alternándonos en el hogar familiar y en su defecto un muy amplio régimen de visitas. ¿Espero no haberme equivocado, viendo en el foro que habitualmente se aconseja pedir custodia exclusiva y en su defecto compartida? En las medidas provisionales pidió exclusiva y nada . . . . . Muchas gracias por tu mención a la progresión hasta conseguir la c.c, -me anima mucho : ) ,e imagino que a todos aquellos que lean tu post-
Muchas gracias por los comentarios Schezlaf, con su respuesta intuyo que entiende que mi mayor preocupación es en realidad la custodia compartida de nuestro bebé.
En cuanto a que durante el juicio pueda como usted dice desplegar mi actividad probatoria como vengo haciendo, lástima que no supiese de estos buenos consejos para poderlos haber plasmado sobre el papel en la respuesta de la demanda, porque muchas cosas no las mencioné.
La relación con mi ex no es mala -incluso después de basar su demanda en malos tratos recibidos por mí. Figúrese que yo recojo a la menor en el hogar familiar hace tan solo un mes, -y ya! en una ocasión he desayunado con mi ex en la calle y en otra ella me ha dejado el bebé un día que no me correspondía porque a mí se me hacen muy largos los findes alternos. Incluso el martes pasado me sorprendió diciéndome a la entrega del menor (en el parque), que qué rápido me iba . . . . .(ya era mi hora!! ), haciéndome ver que quería que me quedase con ellas, . . . .por ahora yo creo que no debo fiarme de nada!! Después de la vista en el juzgado de violencia de género y las pruebas que ha aportado en su demanda esta actitud es un tanto extraña o contradictoria.
El problema es que ella se rodea de un círculo de amistades donde dos de sus amigas han conseguido divorcios muy generosos por parte de sus exparejas y ella piensa que “también lo vale” y como es natural quiere sacar todo lo que pueda.. . . . ella antes no era así Se puede acreditar “este buen rollo” que hay por ahora?
Quiero mencionar que mi abogado en su demanda ha solicitado gabinete psicosocial para que nos entrevisten. Yo trabajo desde casa y he aportado un certificado de mi empresa como que tengo libertad horaria para desempeñar mi labor.
Comentas que "y en otra ella me ha dejado el bebé un día que no me correspondía". Tendrías pruebas de que estuviste con la niña cuando no te correspondía? Yo creo que si te valdría para demostrar un poco que hay bien rollo (la madre confía en ti dejándote a la niña cuando no te corresponde), que tu te ocupas de ella y te organizas un día que no te toca. Hasta creo que puede ser bueno para demostrar que la compartida es viable (a partir de que deje de ser lactante).
Intenta que te deje a la niña otros días que no te toque y así acumula pruebas (por escrito_ email, whats,...) de que estás más con la niña.
Muchas gracias Annanoclau por consejos sencillos que muchas veces por evidentes pasan inadvertidos, . . . . .. .
lo que mas temo es que la madre siguiendo una estrategia de negación de la custodia compartida a toda costa termine por cortar este "buen rollo", . . . . .
ya ha habido varios amagos de ello de hecho, . . . . me temo que hasta que no salga el juicio principal las cosas pueden volver a ponerse otra vez difíciles para mi sobre todo ahora que la he dicho que no voy a renunciar a los derechos de nuestro hija de estar con su padre y con su madre