en mi bloque tenemos que hacer una obra necesaria en la red de albañales, para lo cual es imprescindible utilizar el vestíbulo de la finca, que por supuesto no hay problema y en dos locales de los bajos, uno de ellos está arrendado y el inquilino, que ejerce en el una actividad empresaria, no lo prohibe ¿puede harcelo ? ¿qué derechos tiene ? como comunidad de propietarios ¿a quien se lo tenemos que pedir al propietario o al inquilino ?
Deben solicitarlo al propietario, el cual a su vez comunicará al inquilino, naturalmente el inquilino exigirá al propietario, las indemnizaciones correspondientes por lucro cesaste, cosa que puede repercutir a la comunidad la cual debe asumir las consecuencias. Es un tema a estudiar por el perito el cual tasará la compensación dineraria.
el perito ¿de la comundad o de promotor de la actividad del bar? entonces el otro local que ha dado permiso por las buenas ¿también podrá exigir indemnizción?