El 1 de agosto cumplo un año de baja por contingencias comunes
Hoy el medico de cabecera me dio la última baja, hasta el 25 de julio
Me dice que el ordenador tras el 25 de julio me pasa pago directo con el INSS
Me surgen varias dudas, se agradece si alguien puede responderme:
- ¿Es obligatorio solicitar el pago directo al INSS via sede electronica de la S. Social ?
- En caso afirmativo, ¿cuando lo hago ? ¡ya? o he de esperar al dia 25 de julio?
-La empresa me pagara del 1 al 25 de julio. Supongo que no habrá problemas en cobrar esos ultimos 6 dias del mes que en teoría YA le corresponden al INSS. ¿Es asi?
- ¿Que dia paga el INSS?
Buenas tardes,si no te llegó una carta para pasar tribunal medico te llegará en breve,porque después de 12 meses tienen que ser Ellos quienes te reconozcan prórroga de 6 meses o más,en mi caso fue así, un saludo
con la nueva ley ya no mandan carta para ampliar la incapacidad permanente,quiere decir que al año queda ampliada automaticamente y en cuanto al pago directo es obligatorio a los 18 meses que ademas la empresa deja de cotizar por ti y te dara de baja de la ss.
eso no quiere decir que estes despedido,sino que la ley lo dice asi,si no te dan una incapacidad vuelven a darte de alta y puedes volver a tu trabajo
Gracias a ambos por contestar.
Pensaba , bueno mejor dicho.. un compañero me habia dicho que era obligatorio a los 365 dias solicitar el pago directo en este enlace https://pssc.seg-social.es/prestacion-incapacidad-temporal-inss
Buenas,
Como bien dice Antonio la ley cambio y a partir de mediados de Mayo que entro en vigor, al llegar a los 365 días baja, el INSS ya no tiene porque llamarte y automáticamente estas en prorroga de 6 meses hasta los 18 donde si tienen que llamar (aunque con los retrasos lo hagan tarde).
Quiere decir esto que no te llamaran? NO, para nada, el INSS puede llamarte a tribunal medico cuando estime oportuno desde el día 1 de baja.
En cuanto a quien te tiene que pagar, olvídate de lo que te dijo el medico, bastante tienen con su carga de trabajo y no tendría tiempo de conocer la nueva ley. Quiero decir con esto que mientras no tengas noticias del INSS y habiéndose concedido la prorroga, tu tienes que seguir cobrando en pago delegado por parte de la empresa.
Imagínate que te llama el INSS en el mes 18 y el INSS considera que no estas recuperado y te dan lo que se conoce como demora de calificación (6 meses mas de prorroga), pues en ese momento como bien decía Antonio, el contrato se suspende (no termina) y la empresa deja de cotizar. En ese momento en la carta que te llega ya te dice quien ha de pagar en pago directo (INSS o MUTUA).
Aunque sea enfermedad común, si la empresa tiene contratadas estas contingencias con la Mutua, será ella la que tenga que pagarte y si no es así entonces será el INSS.
Como saber si la empresa tiene ese servicio contratado?????, pues si no quieres llamar a la empresa y preguntar, sin ser algo 100% verídico es preguntarse si te llamo la mutua para control de la baja durante este tiempo. Si lo hizo llegando incluso a ser demasiado insistentes, lo mas probable es que ellos sean los encargados.
Buenos días,
Te explico mi experiencia por si te puedo ayudar.
La empresa en la que trabajo tiene una mutua, y ésta es colaboradora con la SS. A los 18 meses de baja, y sin pasar por inspección médica (pq a día de hoy, esto ya es automático, lo de la prórroga después de los 12 meses de baja) ,la empresa me ha dado de alta, que no quiere decir que me han despedido; y ha sido en este momento cuando he movido papeles para cobrar la IT de la mútua, pq ésta es mútua colaboradora con la SS.
En definitiva es saber si la mútua de tu trabajo tiene contratada contingencias comúnes o no. Si no es así entonces, después de los 18 meses, tienes que mover tú papeles con la SS.
Lo que yo entiendo es que tú has pasado 12 meses de baja y que ahora empezará tu prórroga, y hasta los 18 meses te sigue pagando tu empresa
Si no es así por favor me corrijan
Espero haberle ayudado
Saludos y ánimos a todos
Buenas tardes,perdona toleto por decirte que te llegaría una carta para pasar tribunal médico,a los 12 meses,en mi caso fue así ,no sabía que este año en Mayo cambiaron la ley, ,un saludo
Al cambiarse la ley ( reforma de las pensiones ) mi empresa continua con el pago delegado hasta que antes de los 18 meses el inss ME MANDE RESOLUCION, por tanto no es necesario solicitar el pago directo, ...llegado el caso se hara despues cuando el INSS me lo diga ( quizás hasta mi empresa y el inss lo hagan para evitar que yo tenga que solicitarlo )
la empresa te paga hasta los 18 meses como pago delegado y a partir de los 18 meses "lo tienes que solicitar tu" a la mutua,ahora no paga la ss,lo hacen las mutuas colaboradoras de la ss
no pasa nada,tu vas a seguir cobrando exactamente lo mismo y el mismo dia,el motivo de que tu medico te de hasta el dia 25 es porque si te viene dando un parte cada mes seguramente coincide el dia 25 y el siguiente dia 25 ya has cumplido el año y dependes directamente del inss,a partir del año ya no tienes que recoger mas partes pero no te preocupes que sigue todo igual
Hola y gracias por adelantado; haber si me podéis ayudar ,cumplidos 18 meses de baja la empresa me manda solicitud para pago directo INSS con varios documentos, entre ellos solicitud de Incapacidad permanente. Preguntando a recursos de mi empresa me dicen que si no lo envío no me aran pago directo y yo esto no lo entiendo .Solicitud de incapacidad permanente? yo solo he enviado la de incapacidad temporal.
Esta es la segunda vez que cumplo 18 meses de baja, la anterior el pago directo fue por mutua por lo que no me sirve la experiencia..
Alguien sabe que tengo que hacer?
Gracias