si comparten elementos comunes, ya me dirás como actua la comunidad,celebra contratos de seguro de responsabilidad civil.etc...
por lo menos aqui,en Catalunya, es obligado, tengo unos clientes, 2 amigos, que compraron un edificio pequeño, pues hacienda le impuso multas coercitivas hasta que constituyeran la comunidad
x-aaa, una cosa es que se puedan regir por la LPH y otra es que no sea obligatoria la constitución de una comunidad de propietarios. Yo solo he escrito que no es obligatoria, sin entrar si se pueden regir por la LPH o por el CC exceptuando el 396.
supongo que al hacer las escrituras de la casa, se asignaron las cuotas de participación de cada uno en los elementos comunes;
¿cuando dices que no hay comunidad de vecinos, a que te refieres? supongo que a que no existen unos estatutos, lo cual no impide el que se os aplique la ley de propiedad horizontal.
discolo, no es que siendo menos de 4 propietarios no sea obligatorio sino que en esos casos, y siempre que se establezca expresamente en los estatutos, pueden optar por regirse por lo regulado en el código civil en vez de por la ley de propiedad horizontal.
Hola, si no tenéis constituida la Comunidad, cómo os facturan la limpieza, la luz, el agua, dónde ingresáis el dinero para q os cobren esos gastos, ...? Para eso hay q tener un CIF y para q os lo den, tenéis q pasar x Hacienda... X este motivo yo entiendo q sí es obligatorio.
Lo de las obras q dices q tu vecina kiere hacer con tanta urgencia, haber, la mayoría de acuerdos se tienen q tomar x unanimidad (esto es, q to2 los vecinos voten lo mismo), así q si pretendiera aprobar un derramazo increíble tendría q convocar 1 reunión (con q tenga el 25 % de las cuotas de participación, puede hacerlo) y con q asistieras y votaras en contra, ese punto del orden del día no se aprobaría.
Creo q no me equivoco y si es así, agradecería q me corrigieráis. Un saludo.
Es obligatorio constituir una comunidad de propietarios?
Muchas gracias de antemano a todos los que me podias ayudar. Poseo un pequeño piso en un edificio de más de 35 años.Ese edificio fue construido pos 3 amigos,y cuenta con 6 pisos,dos por planta. Además de los bajos.Este edificio no tiene formada ningun tipo de comunidad de propietarios.La semana una de las propietarias,posee entre ella y sus familiares directos tres pisos y los dos bajos del edificio, se puso en contacto conmigo para formar con urgencia una comunidad de vecinos. Me dijo que era obligatorio formarla, ¿ es asi? Mi miedo es que al formarla ella,al tener la mayoria de las propiedades pueda hacer y deshacer a su gusto.Mi situción economica en estes momntos no es muy buena y no puedo permitirme las obras que ahora a ella "le apetece" hacer,ya que no son necesarias.¿Cual seria mi situacion? ¿Que puedo hacer? Quiero que dejar claro que nunca hubo problemas para realizar las obras comunes de mejora, ya que también soy yo la primera interesada.Gracias