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Es obligatoria la cesta de navidad...?

2 Comentarios
 
Es obligatoria la cesta de navidad...?
22/12/2008 19:20
Ya se que es una especie de gratificación (aunque no estoy muy seguro) pero si dejan de darla y resulta que todos los años anteriores la entregaron sin falta.....


se deben mantener las condiciones de entregar la cesta en este caso alegando que la empresa tenía por costumbre el hacerlo cada año?
se la pueden entregar a unos trabajadores si y a otros no si la empresa lo estima oportuno?

Vaya tela con la crisis!!!


Saludos, feliz navidad a todos y gracias por la ayuda.




pd la cesta es un "cagarro" todo del día y demas, pero es solo por averiguar si corresponde a la empresa mantener esa gratificación al trabajador.
22/12/2008 19:29
Aunque la empresa lleve entregando este obsequio desde hace años, puede dejar de hacerlo sin más, ya que el Tribunal Supremo considera que tanto la cesta de Navidad como los regalos de Reyes, suponen una liberalidad por parte del empresario y no puede considerarse que se ha creado un derecho adquirido (condición más beneficiosa) para los trabajadores. Esto es así porque la cesta y los regalos navideños no son salarios y no retribuyen el trabajo, sino que son obsequios en consideración a las fiestas tradicionales y no son jurídicamente exigibles.
23/12/2008 19:40
Hola.

De acuerdo con chavalin. Solo sería obligatoria si así viene establecido en norma, convenio colectivo o pacto de empresa de efectos colectivos, contrato de trabajo o decisión unilateral del empresario que constituya condición más beneficiosa ya que en estos casos ya no podemos hablar de liberalidad del empresario sino de condición o derecho exigible.
En estos casos, hablariamos de retribución en especie a efectos de IRPF ya que en este ámbito fiscal se exige que para que exista especie ésta tiene que venir estipulada en norma, convenio, contrato...

A efectos de cotización a la Seguridad Social, a pesar de que la cesta de navidad suele ser acto de mera liberalidad del empresario, se tendría que ver si supera el 20% del IPREM mensual del momento, ya que a efectos de Seguridad Social, al contrario de lo que sucede en la normativa fiscal,sí que se contempla la especie concedida de forma voluntaria (no en virtud de norma, convenio, contrato...).

Saludos.